AMPARO DIRECTO 855/2015. 12 DE MAYO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JORGE TOSS CAPISTRÁN. SECRETARIO: VÍCTOR HUGO MILLÁN ESCALERA.
Fecha: 01-Jul-2016
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.-La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, contra el acto que reclamó de la autoridad precisados en el resultando primero, por los motivos apuntados en el último considerando de esta sentencia.
Notifíquese; con testimonio de la presente resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia, gírese oficio y, en su oportunidad, archívese este expediente como asunto concluido.
Así, por unanimidad de votos de los Magistrados Jorge Sebastián Martínez García, Jorge Toss Capistrán y Juan Carlos Moreno Correa, lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito; siendo presidente el primero y ponente el segundo de los nombrados.
En términos de lo previsto en los artículos 66, 118, 120 y demás conducentes en lo relativo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
- A En Materia Laboral Únicamente Procede En Beneficio De La Clase Obrera Fracción V
- En El Segundo Motivo De Disenso La Patronal Quejosa Aduce En Lo Medular Lo Siguiente
- Los Motivos De Disenso Reseñados Con Antelación Son Inoperantes
- Así Al Dictar El Laudo Que Aquí Se Pone En Entredicho La Junta Responsable Determinó Lo Siguiente
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve