Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 244/2016. 25 DE AGOSTO DE 2016. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: SERGIO PALLARES Y LARA. PONENTE: JOSÉ JUAN TREJO ORDUÑA. SECRETARIO: JUAN ANTONIO GUTIÉRREZ GAYTÁN.
Fecha: 13-Ene-2017
Considerando
SÉPTIMO.-Son fundados los conceptos de violación transcritos en el considerando que antecede, cuyo estudio se hará de manera conjunta, dada su estrecha vinculación, con fundamento en el artículo 76 de la Ley de Amparo, lo que conducirá a la concesión de la tutela constitucional para los efectos que se precisarán al final de este apartado y conforme a las siguientes consideraciones.