CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. VULNERA EL DERECHO HUMANO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. VULNERA EL DERECHO HUMANO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA.

Fecha: 06-Ene-2017

Deje Insubsistente La Resolución Reclamada

2. En su lugar, emita otra en la que, siguiendo los lineamientos de la presente ejecutoria, desaplique a la parte actora el numeral 57, fracción V, de la Ley de Justicia Administrativa para el Estado y Municipios de Nuevo León, en relación con el artículo 26 de esa misma ley; esto es, para que revoque la sentencia dictada por la Sala Ordinaria y ordene a esta última que continúe con el trámite del juicio contencioso administrativo, hasta su conclusión; y, de no existir causa diversa de improcedencia y sobreseimiento, resuelva la litis del juicio contencioso administrativo conforme a derecho corresponda.