RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. LA OPORTUNIDAD EN LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN RELATIVA DEBE ANALIZARSE A LA LUZ DEL PRINCIPIO DE DIGNIDAD HUMANA, CUANDO SE AFECTE LA LIBERTAD PERSONAL.
Fecha: 07-Dic-2018
Reconociendo Que Estos Derechos Se Derivan De La Dignidad Inherente A La Persona Humana
"Reconociendo que, con arreglo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, no puede realizarse el ideal del ser humano libre, en el disfrute de las libertades civiles y políticas y liberado del temor y de la miseria, a menos que se creen condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos civiles y políticos, tanto como de sus derechos económicos, sociales y culturales,
"Considerando que la Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades humanos,
"Comprendiendo que el individuo, por tener deberes respecto de otros individuos y de la comunidad a que pertenece, tiene la obligación de esforzarse por la consecución y la observancia de los derechos reconocidos en este Pacto,
- Considerando
- Los Conceptos De Violación Antes Sintetizados Son Esencialmente Fundados Como Enseguida Se Verá
- Declaración Universal De Los Derechos Humanos
- Artículo
- Los Estados Partes En El Presente Pacto
- Reconociendo Que Estos Derechos Se Derivan De La Dignidad Inherente A La Persona Humana
- Reconociendo Que Estos Derechos Se Desprenden De La Dignidad Inherente A La Persona Humana
- La Conferencia Mundial De Derechos Humanos