Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO 213/2016. INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO. 18 DE AGOSTO DE 2016. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: HÉCTOR PÉREZ PÉREZ. SECRETARIO: JUAN DE DIOS GONZÁLEZ-PLIEGO AMENEYRO.
Fecha: 16-Mar-2018
Considerando
TERCERO.-Resulta innecesario relatar los antecedentes del juicio laboral, así como la transcripción de los conceptos de violación, en virtud de que no se entrará al estudio del fondo del asunto, pues este órgano colegiado advierte que, en la especie, se actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XIV, de la Ley de Amparo vigente, que conlleva al sobreseimiento del presente juicio, de conformidad con el artículo 63, fracción V, de dicho ordenamiento; improcedencia que debe ser analizada de oficio, en términos del artículo 62 de la citada ley. Los ordinales referidos, disponen: