AMPARO DIRECTO 410/2018. 28 DE JUNIO DE 2019. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: JOSÉ FÉLIX DÁVALOS DÁVALOS. SECRETARIO: PÁNFILO MARTÍNEZ RUIZ.
Fecha: 18-Oct-2019
Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
ÚNICO.—La Justicia de la Unión no ampara ni protege a **********, contra el acto que reclamó de los Magistrados integrantes de la Sala Regional del Norte Centro I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con sede en esta ciudad, precisado en el penúltimo considerando de esta ejecutoria.
Notifíquese, publíquese y anótese en el libro de registro; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos respectivos al lugar de su procedencia y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así lo resolvió el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, por unanimidad de votos de los Magistrados Refugio Noel Montoya Moreno, José Félix Dávalos Dávalos y Rafael Rivera Durón, siendo presidente el citado en primer término y ponente el segundo de los nombrados.
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