AMPARO EN REVISIÓN 584/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO EN REVISIÓN 584/2024

Fecha: 27-Nov-2024

ÍNDICE TEMÁTICO

Hechos: ********** demandó de **********, la disolución del vínculo matrimonial, la Jueza del conocimiento declaró disuelto el vínculo matrimonial y dio por terminada la sociedad conyugal por lo que la liquidación debería hacerse en ejecución de sentencia

La actora promovió incidente de Liquidación de Sociedad Conyugal. Seguido el trámite, se emitió sentencia interlocutoria respecto del incidente en la que se determinó que una vez que cause ejecutoria ambos litigantes determinarían las bases de la partición de dichos bienes o designaran perito partidor y en su defecto dicho perito partidor sería designado por ese órgano jurisdiccional; y decretó improcedente la cesación de los efectos de la sociedad conyugal.

Inconformes con lo resuelto ambas partes interpusieron recurso de apelación y la Sala responsable confirmó el fallo recurrido. Posteriormente, se celebró la junta de partición, en la que la jueza responsable designó un perito partidor del bien materia de la sociedad conyugal, quien aceptó y protestó el cargo de perito en partición y en proveído de ocho de agosto de dos mil veintitrés se requirió a las partes para que dentro del plazo de cinco días, depositaran en la cuenta que el perito señalara, el cincuenta por ciento de la cantidad que le corresponde en relación a sus honorarios.

En contra de esa determinación ********** promovió demanda de amparo indirecto, la cual se radicó en el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, en donde se determinó sobreseer en el amparo.

Inconforme con esa decisión interpuso recurso de revisión del que tocó conocer al Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito quien decidió revocar la sentencia recurrida, sobreseer y reservar jurisdicción a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver acerca de la inconstitucionalidad del artículo 85 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México.

AMPARO EN REVISIÓN 584/2024

QUEJOSA Y Recurrente: **********

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

PONENTE: MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO

COTEJÓ

SECRETARIA: MERCEDES VERÓNICA SÁNCHEZ MIGUEZ

Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente al veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro, emite la siguiente:

SENTENCIA

Mediante la cual se resuelve el recurso de revisión 584/2024 , que tuvo origen en el amparo en revisión **********, del índice del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, interpuesto por **********, en contra de la resolución de diecinueve de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, en el expediente **********.

El problema jurídico a resolver por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consiste en determinar si el artículo 85, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, es contrario al orden constitucional.