AMPARO EN REVISIÓN 118/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO EN REVISIÓN 118/2023

Fecha: 29-Ene-2025

II. COMPETENCIA

  1. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del presente amparo en revisión, en términos de lo dispuesto en los artículos 107, fracción VIII, inciso a) , de la Constitución Política del país; 83 de la Ley de Amparo ; 21, fracción II , de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación el siete de junio de dos mil veintiuno ; en relación con lo dispuesto en el punto Primero del Acuerdo General 1/2023 , emitido por el Tribunal Pleno de este alto tribunal.
  2. Lo anterior, pues el recurso de revisión fue interpuesto en contra de una sentencia de amparo indirecto en materia penal, dictada por un juzgado de distrito que corresponde a la especialidad de esta Primera Sala y no es de interés excepcional para que conozca el Tribunal Pleno.