COLABORÓ: ANGÉLICA FLORES MONTIEL
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió la resolución del expediente E-IFT.UC.DG-SAN.III.109/2021 formado con motivo del procedimiento administrativo de imposición de sanción, derivado de la visita de inspección y verificación que consta en el acta correspondiente número IFT/UC/DG-VER/176/2020, en contra de José Domingo Muñoz Pérez, en la que se determina el incumplimiento a lo dispuesto en las condiciones 2.1 Prestación del Servicio, 2.4 Registro de Convenios y Contratos, 3.1 Tarifas y 4.1 Información, todas en relación con el punto 1.4 Objeto de su Autorización, por lo que se le impuso al quejoso una multa de $43,440.00 (cuarenta y tres mil cuatrocientos cuarenta pesos 00/100M.N.).
Ante esto el quejoso interpuso amparo indirecto, el cual fue resuelto en el sentido, por una parte sobreseyó y por otra se negó el amparo. Inconforme con dicha resolución, el quejoso interpuso recurso de revisión, así como el IFT interpuso recurso de revisión adhesiva, y en la resolución del Tribunal Colegiado, se determinó no sobreseer en el juicio de amparo, declarar sin materia la revisión adhesiva y concluyó que carece de competencia legal para conocer del problema de constitucionalidad que subsiste en el juicio de amparo respecto del artículo 299 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
QUEJOSO: JOSÉ DOMINGO MUÑOZ PÉREZ.
VISTO BUENO
SR.. MINISTRO
PONENTE: MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN
COTEJÓ
SECRETARIA: DIANA MINERVA PUENTE ZAMORA
