RESUELVE:
ÚNICO. Devuélvanse los autos al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito , por las razones y para los efectos precisados en este fallo.
Notifíquese; conforme a derecho corresponda, devuélvanse los autos relativos al lugar de su origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por mayoría de cuatro votos de las señoras Ministras y los señores Ministros: Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat, quien se reserva su derecho a formular voto aclaratorio, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidenta Loretta Ortiz Ahlf (Ponente). Votó en contra el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
