CONFLICTO COMPETENCIAL 237/2022. SUSCITADO ENTRE EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, AMBOS DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONFLICTO COMPETENCIAL 237/2022. SUSCITADO ENTRE EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO Y EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, AMBOS DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

Fecha: 16-Nov-2022

IV. DECISIÓN

  1. En atención a las razones expresadas en el considerando que antecede, esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la competencia para conocer del recurso de revisión corresponde al Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito.
  2. Similares consideraciones emitió esta Segunda Sala al resolver el diverso conflicto competencial 155/2022 .
  3. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán (ponente), Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Presidenta Yasmín Esquivel Mossa.

Por lo expuesto y fundado, se resuelve:

ÚNICO. Se declara legalmente competente al Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución a los órganos contendientes, remítanse los autos al tribunal colegiado de circuito declarado legalmente competente y, en su oportunidad, archívese el expediente.

Así, lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán (ponente), Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Presidenta Yasmín Esquivel Mossa.