SENTENCIA
Mediante la cual se resuelve la contradicción de criterios, suscitada entre el Pleno Regional en Materia de Trabajo de la Región Centro-Sur, con residencia en la Ciudad de México, y el Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México.
El problema jurídico a resolver por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación consiste en determinar si existe o no jurisprudencia que resuelve la problemática relativa al órgano competente para resolver una contradicción de criterios entre los sustentados por tribunales colegiados de circuito pertenecientes a una misma región, pero especializados en diferentes materias.
- Encabezado
- SENTENCIA
- ANTECEDENTES DEL ASUNTO
- IMPEDIMENTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 51, FRACCIÓN VIII, DE LA LEY DE AMPARO. ES FUNDADO CUANDO SE SUSTENTA EN EL AFECTO QUE TIENE EL JUEZ DE DISTRITO HACIA UN SERVIDOR PÚBLICO DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL DEL QUE ES TITULAR, QUIEN ES FAMILIAR DIRECTO DEL QUEJOSO, AL CONSTITUIR UN ELEMENTO OBJETIVO QUE PODRÍA DERIVAR EN LA PÉRDIDA DE IMPARCIALIDAD
