contradicción de criterios 237/2023
Suprema Corte de Justicia de la Nación

contradicción de criterios 237/2023

Fecha: 29-Nov-2023

RESUELVE

PRIMERO. Existe la contradicción de criterios denunciada.

SEGUNDO. Debe prevalecer con carácter de jurisprudencia el criterio sustentado en el último apartado de este fallo.

TERCERO. Publíquese la jurisprudencia emitida en esta resolución en términos del artículo 220 de la Ley de Amparo.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cuatro votos de los Ministros Yasmín Esquivel Mossa, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek (ponente) y Presidente Alberto Pérez Dayán.