CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 200/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 200/2024

Fecha: 18-Sep-2024

Encabezado

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 200/2024

SUSCITADA ENTRE EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO, EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO, EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO Y EL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO

PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK

COTEJÓ:

SECRETARIA: ELIZABETH MIRANDA FLORES

Hechos: El Juez Primero de Distrito en la Laguna, Torreón, Coahuila, denunció la posible contradicción entre el criterio sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Octavo Circuito al resolver los conflictos competenciales 38/2023, 10/2024, y 13/2024, el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Octavo Circuito, en relación con los conflictos competenciales 4/2024, 10/2024 y 13/2024 y el Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Octavo Circuito al resolver el conflicto competencial 14/2024 (Región Centro Norte) en contra del criterio sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito (Región Centro Sur)en el conflicto competencial 1/2024.

Esta Segunda Sala se pronunciará sobre la competencia de este Alto Tribunal para conocer de la presente contradicción de criterios.

ÍNDICE TEMÁTICO

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 200/2024

SUSCITADA ENTRE EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO, EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO, EL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO Y EL QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

PONENTE: MINISTRO JAVIER LAYNEZ POTISEK

COTEJÓ

SECRETARIA: ELIZABETH MIRANDA FLORES

Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al dieciocho de septiembre de dos mil veinticuatro, emite la siguiente: