CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 16/2022 INSTITUTO MORELENSE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y ESTADÍSTICA. 15 DE FEBRERO DE 2023. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS YASMÍN ESQUIVEL MOSSA, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTIS
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 16/2022 INSTITUTO MORELENSE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y ESTADÍSTICA. 15 DE FEBRERO DE 2023. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS YASMÍN ESQUIVEL MOSSA, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTIS

Fecha: 15-Feb-2023

Acuerdo General Del Tribunal Pleno Número

(...)

SEGUNDO. El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación conservará para su resolución:

I. Las controversias constitucionales, salvo en las que deba sobreseerse y aquéllas en las que no se impugnen normas de carácter general, así como los recursos interpuestos en éstas en los que sea necesaria su intervención. Una vez resuelto el problema relacionado con la impugnación de normas generales, el Pleno podrá reservar jurisdicción a las Salas para examinar los conceptos de invalidez restantes, cuando así lo estime conveniente; (...)

TERCERO. Las Salas resolverán los asuntos de su competencia originaria y los de la competencia del Pleno que no se ubiquen en los supuestos señalados en el Punto precedente, siempre y cuando unos y otros no deban ser remitidos a los Tribunales Colegiados de Circuito".

6. Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos