INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 126/2000. ADOLFO ANGULO MONTOYA Y OTROS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

INCIDENTE DE INEJECUCIÓN 126/2000. ADOLFO ANGULO MONTOYA Y OTROS.

Fecha: 15-Jun-1995

B Cualquier Tipo De Orden Y Acto Tendiente A Ejecutar Ese Plano Proyecto De Ejecución Y

c) Cualquier acto de ejecución que se pudiera haber efectuado, de ser el caso, conforme al plano proyecto de ejecución aprobado por el Cuerpo Consultivo Agrario que comprende los predios de los quejosos.

Según quedó narrado en los antecedentes, dado el incumplimiento de la sentencia de amparo, se hizo valer un primer incidente de inejecución de sentencia, que quedó registrado con el número 27/92, y respecto del cual esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictó sentencia el veintiséis de abril de mil novecientos noventa y seis, en el sentido de declarar sin materia el incidente, por encontrarse en vías de cumplimiento.

Como puede advertirse de su sola lectura, en dicho fallo se determinó declarar sin materia el incidente en virtud de que la ejecutoria de amparo se encontraba en vías de cumplimiento, destacando al efecto que ya se habían realizado ciertos actos por parte de las autoridades responsables, como son que:

a) En acuerdo emitido en sesión de veintiséis de septiembre de mil novecientos noventa y cinco el Pleno del Cuerpo Consultivo Agrario de la Secretaría de la Reforma Agraria, había determinado "... se tiene como insubsistente el plano proyecto de localización autorizado por este órgano colegiado el 9 de enero de 1970, conforme al cual se pretendió ejecutar la resolución presidencial de fecha 16 de enero del año últimamente citado, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo siguiente, que concedió segunda ampliación de ejido al poblado denominado ‘La Despensa’, Municipio de Ahome, de la entidad federativa de referencia, únicamente a lo que hace a la superficie propiedad de los CC. Adolfo Angulo Montoya Mario Wizard Zacarías ..."

b) Mediante acuerdo de once de octubre de mil novecientos noventa y cinco, el coordinador agrario en el Estado de Sinaloa determinó "dejar insubsistente el oficio de comisión número 5036 de fecha 4 de noviembre de 1970, derivado de la orden de ejecución número 217052, de fecha dieciséis de mayo de 1970, que concedió segunda ampliación del ejido ‘La Despensa’, Ahome, Sinaloa, que tuvo lugar mediante diligencia de fecha 10 de julio de 1979, así como el plano de ejecución correspondiente, únicamente en lo que corresponde a la superficie propiedad de los quejosos, restituyendo a éstos en la garantía constitucional violada ..."

Ahora bien, al apreciarse las actuaciones realizadas hasta ese entonces por las autoridades responsables, se puede advertir que existía un gran avance en el cumplimiento de la ejecutoria, toda vez que, de los puntos mínimos que en su caso deberían realizarse, ya se había dejado sin efectos tanto el plano proyecto de ejecución aprobado por el cuerpo consultivo agrario, en la parte en que comprendía los predios de los quejosos, y las órdenes de ejecutar ese plano proyecto de ejecución.

Atento a lo anterior, en su caso, solamente quedarían pendientes de dejar sin efectos cualquier acto de ejecución que se pudiera haber efectuado, de ser el caso, conforme al plano proyecto de ejecución aprobado por el Cuerpo Consultivo Agrario que comprendía los predios de los quejosos.

Ahora bien, por lo que hace a ese punto, del análisis de las constancias de autos se advierte la realización de diversas actuaciones por parte de las autoridades responsables, tendientes a dejar sin efectos los posibles actos de ejecución que en su caso se efectuaron, y que inclusive motivaron que se pusiera a los quejosos en posesión de los predios de su propiedad.

En efecto, mediante oficio número V/50557, de veintiséis de diciembre de dos mil, el representante regional del Pacífico Sinaloa-Nayarit, de la Secretaría de la Reforma Agraria, informó a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación de las diligencias realizadas entre el veinte de noviembre y el veintiuno de diciembre de dos mil, que concluyeron con la restitución legal y material de los predios a los quejosos. Dicho oficio, en su parte conducente señala:

"Que con fundamento en lo establecido en el artículo 80 de la Ley de Amparo en vigor, me permito hacer llegar a usted copia certificada de las constancias relativas a la diligencia que inició el día 20 de noviembre y concluyó el 21 de diciembre del año 2000, a través de la cual se restituyó legal y físicamente en sus propiedades a los quejosos, en cumplimiento a la ejecutoria de fecha 25 de septiembre de 1986, dictada por la Sala Auxiliar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el toca en revisión No. 8013/82, derivado del juicio de amparo 597/81, antes 1451/77. Con las constancias de cumplimiento a que me refiero en el párrafo anterior, esa H. Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá emitir resolución declarando sin materia el incidente de inejecución de sentencia No. 126/2000, por haber quedado debidamente cumplimentada la resolución pronunciada en el juicio de amparo de que se trata, al haberse restituido legal y físicamente las propiedades a los quejosos."

Anexo a dicho oficio consta el informe de comisión rendido por el ingeniero Alfonso Moreno Pérez y por el licenciado Juan Antonio Romero Sepúlveda, al representante regional del Pacífico de la Secretaría de la Reforma Agraria, respecto de la comisión que se les otorgó para cumplimentar el fallo constitucional, mediante la localización y posterior restitución de los predios a los quejosos. En dicho informe se señala, en lo medular, lo siguiente:

"En cumplimiento del oficio de comisión, procedimos a documentarnos ampliamente en los expedientes que obran en los archivos de la representación regional del Pacífico, como en la delegación del Registro Agrario Nacional en el Estado. Con fecha 14 de noviembre procedimos a notificar a los quejosos del juicio de amparo respecto al desahogo de las diligencias para cumplimentar la resolución del amparo 597/81 antes 1451/77, cuya diligencia se llevó a cabo a través de los CC. Adolfo Angulo Montoya y Francisco Moroyoqui Flores, representantes comunes de los quejosos, quienes firmaron de recibido el día 14 de noviembre del año 2000. El día 20 de noviembre del año 2000 procedimos en compañía de los CC. Adolfo Angulo Montoya y Francisco Moroyoqui Flores, representantes comunes de los quejosos, a llevar a cabo los trabajos topográficos de localización y ubicación de los lotes de terrenos amparados en los predios ‘Matacahui’ y ‘Bolsa de San Pablo’, sindicatura de Higueras de Zaragoza, Municipio de Ahome Estado de Sinaloa, mismos que concluyeron el día 16 de diciembre del 2000, en los que intervinieron también los CC. Jorge Alberto Álvarez Mendoza, agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la cédula III de Procedimientos Penales ‘C’, en los Mochis, Sinaloa, así como el Lic. Antonio Ojeda Benítez, notario público, con ejercicio en la misma ciudad, en estos trabajos, fuimos apoyados por los CC. Ing. Serapio Magaña Esquivel y Víctor Manuel Palma Mendoza, comisionados mediante oficios 29439 y 20440 de fecha 15 de diciembre del 2000. Los trabajos referentes al cumplimiento de la ejecutoria de que se trata fueron puntualmente hechos del conocimiento al presidente municipal del Municipio de Ahome, Sinaloa, quien firmó de recibido el 14 de diciembre, al delegado de la Procuraduría General de la República en el Estado, firmando de recibido el mismo día. De igual manera se notificó al C. Antonio Cota Cota con fecha 16 de diciembre del 2000, quien dijo ser propietario de un pequeño hato de ganado mayor y se identificó con credencial de elector 43707300, manifestando su total consentimiento en desocupar de inmediato los predios amparados; así mismo, quedó con esta fecha notificado para los mismos efectos el C. Ignacio Osuna Osuna, presidente de la Asociación Ganadera del Municipio de Ahome, Sinaloa, quien se negó a firmar de recibido después de enterarse del contenido del oficio en el que se solicitaba su colaboración para que culminara (sic) a los propietarios de ganado que venían ocupando los predios amparados y que pertenecieran a la asociación ganadera, procedieran a desocupar los citados predios materia de restitución a los quejosos amparados. Posteriormente, con fecha 18 de diciembre del año 2000, se informó a los propietarios amparados el avance de los trabajos topográficos respecto de la superficie ubicada en los predios ‘Bolsa de San Pablo’, ‘Colobampo’ y ‘Matacahui’, Municipio de Ahome, Sinaloa, con el fin de que los analizaran y estuvieran enterados de los mismos, para que los resultados fueran de su entera satisfacción y conformidad, habiendo señalado éstos, dos puntos el referente al lugar denominado ‘Las Prietas’ utilizado como de ordeña ya que se localizaron corrales y una obra de abrevadero, así como el punto relativo a la siembra de sandía en el que requerían se verificara una línea respecto a la localización topográfica. Una vez localizados los terrenos amparados, de manera topográfica a satisfacción de los CC. Adolfo Angulo Montoya Francisco Moroyoqui Flores, representantes comunes de los quejosos y del Lic. José Rosendo Corrales Saucedo, abogado de los amparistas, y contando con la presencia del C. Lic. Ernesto López Benítez, agente del Ministerio Público Federal y del C. Antonio Ojeda Benítez, notario público con ejercicio judicial en el Municipio de Ahome, Sinaloa, con fecha 21 de diciembre del 2000, y con el auxilio de los CC. Ingenieros Serapio Magaña Esquivel, Víctor Manuel Palma Mendoza, Alejandro Rodríguez Higuera y de la Lic. Fryda Guadalupe Vega Yungfermann, todos comisionados por la representación regional del Pacífico de la Secretaría de la Reforma Agraria, procedimos a dar cumplimiento a la ejecutoria dictada por la Sala Auxiliar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el expediente del juicio de amparo de que se trata, restituyendo a los propietarios amparados física y legalmente en los lotes de terreno ubicados y localizados en los predios de ‘Matacahui’, ‘Bolsa de San Pablo’ y ‘Corolobampo’, Municipio de Ahome, Estado de Sinaloa, a través de sus representantes comunes Adolfo Angulo Montoya y Francisco Moroyoqui Flores, quienes estaban asistidos y asesorados por el Lic. José Rosendo Corrales Saucedo, quienes recibieron a su entera satisfacción y conformidad los lotes de terreno a que se refiere el acta respectiva, manifestando que se dan por restituidos de las garantías constitucionales que les fueron violadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Ley de Amparo y reciben, como consecuencia, una superficie de 4,004-47-72.24 hectáreas que son la suma de los lotes que corresponden a los propietarios amparados, mismos que se pueden localizar conforme al plano que para tal efecto fue elaborado y que se agrega al acta respectiva."

De la misma forma, también se anexó el acta de cumplimiento, en que consta la localización y restitución de los terrenos a los quejosos. El contenido de dicha acta es el siguiente:

"Acta de cumplimiento a la ejecutoria emitida por la Sala Auxiliar de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el toca en revisión 8013/82, derivado del juicio de amparo 597/81, antes 1451/77, promovido por Adolfo Angulo Montoya y coagraviados en los predios ‘Matacahui’ y ‘Bolsa de San Pablo’, ubicados en el Municipio de Ahome, Estado de Sinaloa, siendo las 10:00 horas del día 16 del mes de diciembre del año 2000, que fueron entregados por concepto de segunda ampliación de ejido al poblado ‘La Despensa’, Municipio de Ahome, Estado de Sinaloa, según resolución presidencial de fecha 16 de enero de 1970, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo del mismo año, ejecutada el 10 de julio de 1970 y deslindada el 29 de noviembre del mismo año, según plano proyecto aprobado por el cuerpo consultivo agrario, en sesión de fecha 9 de enero de 1970, y que han sido materia del amparo antes citado, se constituyeron los CC. Ing. Alfonso Moreno Pérez y Lic. Juan Antonio Romero Sepúlveda, comisionados por el C. Julián Arteaga Rivera representante regional del Pacífico de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio 20374 de fecha 8 de noviembre del 2000, en acatamiento a las instrucciones giradas por el C. Lic. Homero Garibay Sandoval, director ejecutivo de la Unidad Técnica Operativa, en oficio número 203149 de fecha 7 de noviembre del año 2000, Adolfo Angulo Montoya y Francisco Moroyoqui Flores, representantes comunes y demás coagraviados del juicio de amparo 597/81, antes 1451/77, quienes fueron citados a través del oficio de fecha 14 de noviembre del 2000, con el objeto de cumplimentar la ejecutoria de la Sala Auxiliar de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, pronunciada con fecha 25 de septiembre de 1986, en el toca en revisión número 8013/82, derivado del juicio de amparo antes señalado. Lectura del oficio de comisión. Enseguida se procedió a dar lectura del oficio número 20374 de fecha 8 de noviembre del 2000, que suscribe el representante regional del Pacífico de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante el cual comisiona a los suscritos Ing. Alfonso Moreno Pérez y Lic. Juan Antonio Romero Sepúlveda, para ejecutar las diligencias necesarias para dar cabal cumplimiento a la sentencia de amparo de que se trata, en acatamiento a las instrucciones giradas por el C. Lic. Homero Garibay Sandoval, director ejecutivo de la Unidad Técnica Operativa, a través del oficio número 203149 de fecha 7 de noviembre del año 2000, en el cual se expresa lo siguiente (se transcribe oficio de comisión). Lectura del considerando quinto y puntos resolutivos de la ejecutoria. De la misma forma, los suscritos comisionados procedieron a dar lectura a los presentes del considerando quinto y de los puntos resolutivos de la ejecutoria en mención, los cuales señalan lo siguiente: (se transcriben esas partes del recurso de revisión). Cumplimiento dado a la ejecutoria por el anterior delegado agrario en el Estado. De igual manera, los comisionados informaron a los presentes que el ejido tercero perjudicado ‘La Despensa’, Municipio de Ahome, Estado de Sinaloa, a través de los CC. José R. Valdez Romero, Jesús Cota Reyes y Luis López López, quienes se desempeñaban como presidente, secretario y tesorero del comisariado ejidal; y Rosario Verdugo Escobar, Antonio Cota Armenta y Manuela G. Cota Camacho, quienes se desempeñaban como consejo de vigilancia del citado poblado, fueron notificados de que se dejaron sin efectos jurídicos las diligencias practicadas con fecha 10 de julio de 1970 y 29 de noviembre del mismo año, relativas a la ejecución y deslinde de los terrenos que les fueron concedidos al núcleo agrario de referencia, por la resolución presidencial de fecha 16 de enero de 1970, sólo en lo que corresponde a las propiedades de los quejosos del referido juicio de amparo, según se hizo constar en el acta levantada el 6 de abril de 1991, por el C. Efraín Camacho Lugo, representante de la entonces delegación agraria en el Estado, que fue comisionado para tal efecto, mediante oficio 50230 de fecha 2 de abril de 1991, cuya acta de cumplimiento dado a la ejecutoria fue firmada por los integrantes del comisariado ejidal como por los integrantes del consejo de vigilancia del ejido tercero perjudicado, con la cual quedaron debidamente enterados de la diligencia que se desarrolló, la cual fue certificada por la autoridad municipal del poblado ‘La Despensa’, Municipio de Ahome, Estado de Sinaloa, misma que forma parte de las actuaciones que se han llevado a cabo para el cumplimiento de la ejecutoria en mención, las cuales se hicieron del conocimiento de la autoridad judicial respectiva. Cumplimiento dado a la ejecutoria por los anteriores cuerpo consultivo agrario y coordinador agrario en el Estado. Asimismo, y en acatamiento a la resolución judicial de que se trata, los comisionados también dieron a conocer a los presentes que el cuerpo consultivo agrario de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante acuerdo de fecha 26 de septiembre de 1995, dejó insubsistente el plano proyecto de localización aprobado el 9 de enero de 1970, que sirvió de base para la ejecución de la resolución presidencial que concedió segunda ampliación de ejido al poblado que nos ocupa, sólo en lo que corresponde a la superficie materia del amparo, mismo que fue debidamente notificado tanto a la parte quejosa como a los terceros perjudicados, según actas del 14 y 19 de noviembre de 1995, respectivamente; de igual manera, el coordinador agrario, hoy representante regional del Pacífico de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante acuerdo de fecha 11 de octubre de 1995, dejó insubsistente el oficio de comisión número 5036 de fecha 4 de noviembre de 1970, el acta de ejecución del 10 de julio de 1970, así como el plano de ejecución, de la resolución presidencial que anteriormente se menciona, pero únicamente en lo que se refiere a la superficie propiedad de los quejosos, acuerdo que fue notificado a las partes el 29 de octubre y 9 de noviembre de 1995. Localización de los terrenos amparados, llevada a cabo por los comisionados de la representación regional del pacífico de la Secretaría de la Reforma Agraria. De la misma forma, los comisionados dieron a conocer a los presentes que los terrenos amparados fueron debidamente localizados, de conformidad con los trabajos técnicos que realizaron del 20 de noviembre al 15 de diciembre del año 2000, con apoyo en la información técnica, planos y demás elementos que se localizaron en el archivo de la Representación Regional del Pacífico de la Secretaría de la Reforma Agraria, y con apoyo también en el plano que proporcionaron los citados representantes comunes del referido juicio de amparo, habiéndose ubicado la citada superficie de la siguiente manera: Polígono No. 1. Se localizó partiendo del vértice número 1, con un rumbo de S 1°-01’ E y con una distancia de 769.32 metros se llega al vértice número 2, colindando a la derecha con el ejido ‘La Despensa’, continuando con un rumbo N 62°-22’ W y una distancia de 1200.00 metros se llega al vértice número 3, colindando a la derecha con el ejido ‘La Despensa’, con un rumbo de N 45°-24’ W y con una distancia de 1652.77 metros se llega al vértice número 4, colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, con un rumbo de S 21°-37’ W y con una distancia de 1325.00 metros se llega al vértice número 1 punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 143-03-97.67 hectáreas, propiedad de los CC. Enrique Octavio Gándara Arvizu y Carlos Gándara Arvizu. Polígono No. 2. Se ubicó partiendo del vértice número 5, con un rumbo de S 44°-38’ E y con una distancia de 545.19 metros se llega al vértice número 6, continuando con un rumbo de N 14°-34’ E y con una distancia 482.12 metros se llega al vértice número 7, con un rumbo de N 44°-38’ W y con una distancia de 545.19 metros de llega al vértice número 8, con un rumbo de S 14°-24’ W y con una distancia de 482.12 metros se llega al vértice número 5, durante el recorrido de este polígono, colindando a la derecha con terrenos del ejido que nos ocupa, y a la izquierda los terrenos que se deslindan, el cual encierra una superficie de 22-53-83.47 hectáreas, propiedad del C. Francisco Arellano Peñuelas. Polígono No. 3. Se localizó partiendo del vértice número 9, con un rumbo de S 44°-38’ E y con una distancia de 545.19 metros se llega al vértice número 10, continuando con un rumbo de S 14°-24’ W y con una distancia de 482.12 metros se llega al vértice número 11, con un rumbo de S 44°-38’ E y con una distancia de 736.45 metros se llega al vértice número 12, con un rumbo de N 62°-22’ E y con una distancia de 408.57 metros se llega al vértice número 13, con un rumbo de N 14°-4’ E y con una distancia de 508.59 metros se llega al vértice número 14, con un rumbo N 14°-4’ E y con una distancia de 482.12 metros se llega al vértice número 24’, con un rumbo de N 44°-38’ W y con una distancia de 545.18 metros se llega al vértice número 23, con un rumbo de S 14°-24’ W y con una distancia de 482.12 metros se llega al vértice número 14’, con un rumbo de N 44°-38’ W y con una distancia de 545.18 metros se llega al vértice número 15, con un rumbo de N 14°-24’ E y con una distancia de 482.12 metros se llega al vértice número 16, con un rumbo de N 44°-38’ W y con una distancia de 545.19 metros se llega al vértice número 17, con un rumbo de N 14°-24’ E y con una distancia de 482.12 metros se llega al vértice número 18, con un rumbo de N 44°-38’ W y con una distancia de 545.19 metros se llega al vértice número 19, con un rumbo de S 14°-24’ W y con una distancia de 964.24 metros se llega al vértice número 20, con una rumbo de S 44°-38’ E y con una distancia de 545.19 metros se llega al vértice número 21, con un rumbo de S 14°-24’ W y con una distancia de 482.12 metros se llega al vértice número 9, siendo este vértice donde iniciamos la descripción de este polígono, durante todo el recorrido de este polígono colindamos a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, el cual encierra una superficie de 195-93-13.53 hectáreas, que corresponde a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias, de los siguientes quejosos: Gilberto Castro Peñuelas; Silverio Angulo Montoya; Tito Uriarte Armenta; Atilano Angulo Angulo; Ruperto Angulo Angulo; Ismael Angulo Angulo; Rafael Angulo Cuadras; Tranquilino Romero Monge; Tirso Angulo Ojeda). Polígono No. 3 Bis. Se ubica partiendo del vértice número 22 con un rumbo S 14°-24’ W y distancia de 482.13 metros, se llega al vértice número 23, colindando en esta línea con terrenos del ejido ‘La Despensa’, continuando con un rumbo S 44°-38’ E y distancia de 545.19 metros se llega al vértice número 24, colindando en esta línea a la derecha con Tranquilino Romero Monge, con un rumbo N 14°-24’ E y distancia de 482.11 metros se llega al vértice número 24, colindando en esta línea con terrenos del ejido ‘La Despensa’, con un rumbo N 44°-38’ W y distancia de 545.19 metros se llega al vértice número 22 colindando en esta línea con Santiago Montoya Montoya, siendo este punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 22-53-86 hectáreas, que corresponde a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de Esperanza Montoya Beltrán). Polígono No. 4. Se ubicó partiendo del vértice número 8, con rumbo S 44°-38’E y con una distancia de 1090.37 metros se llega al vértice número 22, con un rumbo S 44°-58’ E y con una distancia de 545.19 metros se llega al vértice número 24’, con un rumbo de N 14° 24’ E, y con una distancia de 1,747.17 metros se llega al vértice número 25, de donde con rumbo N 02°-43’ W y distancia de 232.670 metros se llega al vértice número 26, de donde con rumbo N 13°-15’E y distancia de 987.354 metros se llega al vértice número 27, de donde con rumbo N 44°-38’ W y distancia de 987.673 metros se llega al vértice número 28, de donde con rumbo S 14°-24’ W y distancia de 487.694 metros se llega al vértice número 29, de donde con rumbo N 44°-38’ W y distancia de 545.185 metros se llega al vértice número 30, de donde con rumbo S 14°-24’ W y distancia de 487.691 metros se llega al vértice número 31, de donde con rumbo N 44°-38’ W y distancia de 545.187 metros se llega al vértice número 32, de donde con rumbo S 14°-24’ W y distancia de 1446.36 metros se llega al vértice número 33, de donde con rumbo S 44°-38’ E y distancia de 545.187 metros se llega al vértice número 34, de donde con rumbo S 14°-24’ W y distancia de 482.120 metros se llega al vértice de partida número 18, punto donde iniciamos la descripción de este polígono, colindando a la derecha de este recorrido, con terrenos del ejido ‘La Despensa’, y a la izquierda los que se deslindan, encerrando dicho polígono una superficie de 443-81-67.32 hectáreas, que corresponde a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias, de los siguientes quejosos: Eduardo Inzunza Angulo; Francisco Medel Negrete; Santiago Montoya Montoya; Herlindo Montoya Montoya; Ricardo Angulo Ojeda; Adolfo Angulo Montoya; Rosario Soto Sandoval; Francisco Angulo Espinoza; Melchor Pérez Pérez; Andrés Pérez Aguilar; Ramón Pérez Aguilar; Adolfo Angulo Espinoza; Domingo Pérez Rivera; Daniel Pérez Rivera; Gilberto Armenta Espinoza; Irene Quintero Baldenegro; Ignacio Morales Monge; Mario Wizar Zacarías; José Ángel Morales). Se hace la aclaración de que en este polígono queda comprendido un lote con superficie de 25-00-00 hectáreas, que no forma parte de los terrenos amparados y que corresponde al ejido ‘La Despensa’, Municipio de Ahome, Sinaloa, con motivo de la ejecución de la resolución presidencial que lo benefició. Polígono No. 5. Se localizó partiendo del vértice número 30, con rumbo de S 44°-38’ N y con una distancia de 545.19 metros se llega al vértice número 29, con un rumbo de N 14°-24’ E y con una distancia de 487.69 metros se llega al vértice número 28, con un rumbo de N 14°-24’ E y con una distancia de 533.67 metros se llega al vértice número 37, con un rumbo de N 44°-8’ W y con una distancia de 545.18 se llega al vértice número 39, con un rumbo de N 14°-24’ E y con una distancia de 525.73 metros se llega al vértice número 40, con un rumbo de N 42°-53’ W y con una distancia de 555.68 metros se llega al vértice número 41, con un rumbo de S 14°-24’ W y con una distancia de 1,079.27 metros se llega al vértice número 42, con un rumbo de N 44°-38’ W y con una distancia de 479.25 metros se llega al vértice número 43, con un rumbo de S 01°-14’ W y con una distancia de 1,165.27 metros se llega al vértice número 44, con un rumbo de S 44°-38’ E y con una distancia de 169.74 metros se llega al vértice número 32, con un rumbo de N 14°-24’ E y con una distancia de 487.70 metros se llega al vértice número 35, con un rumbo de S 44°-38’ E y con una distancia de 545.19 metros se llega al vértice número 30, punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 147-67-54.59 hectáreas, que corresponde a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias, de los quejosos: Desiderio Arredondo Sandoval; Trinidad Armenta Hernández; Alicia Flores Camacho; Gregorio Armenta Hernández; Blanca Julia Heraldez Cuevas; Inés Armenta Hernández). Polígono No. 6. Se ubicó partiendo del vértice número 37, con rumbo S 44°-38’ E y distancia de 545.186 metros se llega al vértice número 45, de donde con rumbo N 14°-24’ E y distancia de 485.981 metros se llega al vértice número 46, de donde con rumbo N 42°-53’ W y distancia de 555.673 metros se llega al vértice número 47, de donde con rumbo S 14°-24’ W y distancia de 505.854 metros se llega al vértice número 37, punto donde iniciamos la descripción de este polígono, colindando a la derecha de todo el recorrido con terrenos del ejido ‘La Despensa’, y a la izquierda los que se deslindan, encerrando dicho polígono una superficie de 23-18-33.58 hectáreas, que corresponde a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubica de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de: Ramón Díaz S.). Polígono No. 7. Se localizó partiendo del vértice número 48 con un rumbo de S 44°-59’ E y una distancia de 916.770 metros se llega al vértice número 49, continuando con rumbo N 45°-1’ E y distancia de 500.0026 metros se llega al vértice número 50, con rumbo N 44°-59’ W y distancia de 500.0098 metros se llega al vértice número 51, con rumbo N 45°-1’ E y distancia de 500.016 se llega al vértice número 52, continuando con un rumbo S 44°-59’ E y distancia de 499.995 metros se llega al vértice número 53, continuando con un rumbo N 45°-1’ E y distancia de 999.99006 metros se llega al vértice número 54, continuando con un rumbo N 44°-59’ W y distancia de 999.9975 metros se llegó al vértice número 55, continuando con un rumbo S 45°-1’ W y distancia de 1792.509 metros se llega al vértice número 56, continuando con rumbo S 23°-9’ W y distancia de 223.5645 metros se llega al vértice número 48, vértice donde iniciamos la descripción de este polígono el cual encierra una superficie de 174-13-60.59 hectáreas, durante el recorrido de este polígono venimos colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, que corresponde a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias, de los quejosos: Juan Dautta; Vicente Moreno Reyes; Ignacio Medina M.; José Marín Castro Montoya; Luis Castro Vázquez; Manuel Castro Montoya; Jesús Castro Montoya). Polígono No. 7 Bis. Para la ubicación de este polígono partimos del vértice número 54, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 54’, colindando en esta línea a la derecha con terrenos del ejido ‘Bolsa de Tosalibampo’, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 58, colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, con un rumbo de N 44°-57’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 57’ colindando a la derecha con el polígono número 9, de los terrenos que se deslindan con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 55, colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’ con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 1,000.00 metros se llega al vértice número 54, siendo este punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 49-99-99.28 hectáreas, que corresponden a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias, de los quejosos: Francisco Gutiérrez Camarillo; Samuel Gutiérrez Camarillo). Polígono No. 8. Se ubicó partiendo del vértice número 61, con rumbo S 44°-59’ E, y una distancia de 499.9957 metros se llega al vértice número 62, continuando con un rumbo S 45°-1’ W y distancia de 500.0022 metros se llega al vértice número 63, con rumbo S 44°-59’ E y distancia de 999.9906 metros se llega al vértice número 64, con rumbo N 45°-1’ E y distancia de 500.0026 metros se llega al vértice número 65, con rumbo N 44°-59’ W y distancia de 499.9887 metros se llega al vértice número 66, con rumbo N 45°-1’ E y distancia de 499.9881 metros se llega al vértice número 67, con rumbo N 44°-59’ W y distancia de 999.9978 metros se llega al vértice número 118, con rumbo S 45°-1’ W y distancia de 499.9881 metros se llega al vértice número 61, durante este recorrido colindamos a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, y a la izquierda con terrenos que se deslindan, encerrando con este polígono una superficie de 99-99-96.79 hectáreas, que corresponde a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias, de los quejosos: Eligio Valenzuela Parra, Antonio M. Balderrama, Francisco Meza Escobar, María Emma y Josefina Del Río Limón). Polígono No. 8 Bis. Para la ubicación de este polígono partimos del vértice número 59, con un rumbo de S 44°-56’ E y distancia de 500.50 metros se llega al vértice número 57’, colindando en esta línea a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, con un rumbo de N 44°-57’ E y distancia de 500.50 metros se llega al vértice número 64, colindando en esta línea a la derecha con la ‘Bolsa de Tosalibampo’, con un rumbo de N 45°-03’ W y distancia de 499.42 metros se llega al vértice número 63’, colindando a la derecha con el polígono número 8, con un rumbo de S 45°-05’ W y distancia de 499.42 metros, se llega al vértice número 59, colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, siendo este vértice el punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 24-99-52 hectáreas, que corresponde a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubican de manera individual de la forma siguiente: (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de: Israel Montoya Montoya). Polígono No. 9. Se localizó partiendo del vértice número 57, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 1419.46 metros se llega al vértice número 58, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.01 metros se llega al vértice número 59, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 999.98 metros se llega al vértice número 60, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 999.99 metros se llega al vértice número 61, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 499.95 metros se llega al vértice número 120, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 499.99 metros se llega al vértice número 119, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 118, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 122, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 100.00 metros se llega al vértice número 121, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 67, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 499.99 metros se llega al vértice número 68, con un rumbo de N 45°-01’E y con una distancia de 300.00 metros se llega al vértice número 68, con un rumbo de S 44°-59 E y con una distancia de 300.00 de llega al vértice número 68, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 173.75 metros se llega al vértice número 69, con un rumbo de S 74°-16’ E y con una distancia de 947.32 metros se llega al vértice número 70, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 536.61 metros se llega al vértice número 71, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 956.79 metros se llega al vértice número 72, con un rumbo de S 74°-16’ E y con una distancia de 49.55 metros se llega al vértice número 73, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 475.76 metros se llega al vértice número 74, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 1499.99 metros se llega al vértice número 75, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 76, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 1999.99 metros se llega al vértice número 77, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 78, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 1000.00 metros se llega al vértice número 79, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 1000.00 metros se llega al vértice número 80, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 81, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 82, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 83, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 84, con un rumbo de N 32°-33’ W y con una distancia de 656.86 metros se llega al vértice número 85, con un rumbo de N 54°-22’ E y con una distancia de 870.19 metros se llega al vértice número 86, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 87, con un rumbo de N 45°-01’ E y con distancia de 1000.00 se llega al vértice número 88, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 89, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 1000.00 metros se llega al vértice número 90, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 91, con un rumbo de N 45°-01’ W y con una distancia de 1000.00 metros se llega al vértice número 92, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 93, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 94, con un rumbo de N 54°-20’ W y con una distancia de 435.05 metros se llega al vértice número 95, con un rumbo de N 37°-57’ E y con una distancia de 575.06 metros se llega al vértice número 96, con un rumbo de S 44°-59’E y con una distancia de 1499.99 metros se llega al vértice número 97, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 98, con un rumbo de S 44°-59’E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 99, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 525.36 metros se llega al vértice No. 100, con un rumbo de N 84°-60’ W y con una distancia de 291.27 metros se llega al vértice No. 101, con un rumbo de N 02°-28’ E y distancia de 488. 45 metros se llega al vértice No. 102, con un rumbo de S 02°-28’ W y con una distancia de 78.94 metros se llega al vértice No. 102’, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 849.27 metros se llega al vértice No. 103, con un rumbo de S 45°-02’ E y con una distancia de 1,100.00 metros se llega al vértice No. 104, durante este recorrido colindamos a la derecha con terreno del ejido ‘La Despensa’, continuando con un rumbo de N 09°-46’ E y con una distancia de 688.39 metros se llega al vértice No. 105, con un rumbo de N 83°-39’ W y con una distancia de 900.00 metros se llega al vértice No. 106, con un rumbo de N 83°-39’ W y con una distancia de 640.31 metros se llega al vértice No. 107, en este recorrido que comprende del vértice 104 al 107, colindamos a la derecha con agrícola constancia continuando con un rumbo de S 45°-01’W y con una distancia de 1,100.00 metros se llega al vértice No. 108, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 109, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 110, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 111, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 112, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 113, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 1000.00 metros se llega al vértice No. 114, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 115, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 116, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 117, con rumbo S 45°-01’ W y distancia de 536.49 metros se llega al vértice No. 118, con rumbo N 75°-28’ W y con una distancia de 605.64 metros se llega al vértice No. 119, durante este recorrido que comprende desde el vértice número 107 colindamos a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, hasta el vértice 119, continuando con un rumbo S 25°-44’ W y con distancia de 1,224.96 metros se llega al vértice No. 120, colindando con esta línea a la derecha con la ‘Bahía de Jitzamuri’, continuando con un rumbo S 44°-59’ E y con una distancia de 1,117.58 metros se llega al vértice No. 121, con rumbo S 45°-01’ W y distancia de 3,000.00 metros se llega al vértice 122, colindando en el recorrido de estas dos últimas líneas con terrenos del ejido ‘La Despensa’, con un rumbo S 44°-59’ E y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 123, con un rumbo S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 124, con un rumbo N 44°-59’ W y distancia de 451.15 metros se llega al vértice No. 125, colindando este recorrido a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, continuando con un rumbo S 26°-02’ W y distancia de 3,172.44 metros se llega al vértice No. 57, colindando en esta línea a la derecha con la ‘Bahía de Jitzamuri’, siendo este punto donde iniciamos la descripción de este polígono el cual encierra una superficie de 1,769-70-07.31 hectáreas, que corresponde a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias, de los quejosos: Vicente Guerra González; Jesús María Apodaca; José Benjamín Peñuelas Cota; Guadalupe Bojórquez Romo; Ignacio Bernal González; Jesús Bernal González; Andrés Bojórquez Romo; Sofío Meza Romero; Manuel López Rodríguez; Pedro Tavares Ríos; Arturo Fuentes Sauceda; Lorenzo Fuentes Valdez; Daniel Sandoval Ornelas; Daniel Ornelas González; Rafael Camacho Pineda; María Aurora Castro Castro; Manuel Parra Angulo; Alfonso Ornelas Angulo; Abundio Ornelas Candil; Rafael Camacho Quiñonez; Juan Castro López; Antolín Gaxiola Gaxiola; Doroteo Sánchez Castro; Fernando Verduzco Cuadras; Felipe Calderón Aviña; Marcial Aviña Martínez; Perfecto Sánchez González; Atilano Sánchez Castro; Leonardo Calderón; Jorge Méndez Aviña; Francisco Salazar Montoya; Antonio Miranda Rodríguez; Bernabé Montoya López; Francisco Silva Rodríguez; Bentura Castro Miranda; Atilano Castro Vázquez; Nepomuceno Medina Medina; Ismael Gámez Espinoza; Fernando Cervantes Monreal; Fausto Rodríguez Valenzuela; Manuel E. Rodríguez Alarid; Félix Durán; Florencio Borquez; Ignacio Medina Medina; Santiago Cuadras Rojo; José Gastelum Baez; Donaciano Gaxiola López; Maclovio Gaxiola López; Bernabé Delgado Meza; Erasmo Pérez Medina; Alejandra Sánchez Montoya; Elías Olguín Aguilera; Francisco Antonio Savalza Parra; Francisco Zavalza Carrillo; Alejandro Martínez De La Rocha; Gilberto Sánchez Camacho; Elías Bojórquez Román; Eutimio Cabrera Rivas; Alfonso Agramón Flores; José Manuel Yépez Martínez; Enrique Díaz Cázares; Pablo Sotelo Espinoza; Luis Sotelo Espinoza; Librado Rodríguez Rodríguez; Guadalupe Sotelo Espinoza; Melecio Llanes; Jesús Hurtado Rodríguez; Reyes Hurtado Navarro; Jesús Sotelo Espinoza; Simón Navarro Valle; Isidro Rodríguez Ramos). Polígono 9 Bis. Para la ubicación de este polígono partimos del vértice número 57 con un rumbo S 23°-08’ W y distancia de 539.22 metros se llega al vértice número 57a. colindando a la derecha con la ‘Bahía de Jitzamuri’, con un rumbo de S 44°-57’ E y distancia de 219.03 metros se llega al vértice número 57B, con un rumbo de N 44°-58’ E y distancia de 500.38 metros se llega al vértice número 57C, colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’ , con un rumbo de N 44°-58’ W y distancia de 419.58 metros se llega al vértice número 57, colindando con Vicente Guerra González, siendo este punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 15-97-60 hectáreas, que corresponde a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de Agustina López de Juárez). Polígono No. 10. Para la descripción del polígono No. 10 se ubicó partiendo del vértice No. 90 con rumbo S 44°-59’ E y distancia de 500.0012 metros se llega al vértice No. 123, continuando con un rumbo N 45°-01’E y distancia de 499.9943 metros se llega al vértice No. 124, con rumbo N 44°-59’ W y distancia de 500.0026 metros se llega al vértice No. 125, con rumbo S 45°-1’ W y distancia de 499.9957 metros se llega al vértice No. 90, vértice donde iniciamos la descripción de este polígono el cual encierra una superficie de 24-99-98.40 hectáreas, durante el recorrido de este polígono venimos colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’ y a la izquierda con terrenos que se deslindan, que corresponde a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de Ricardo Torres). Polígono No. 11. Para la descripción del polígono No. 11, partimos del vértice No. 132, con un rumbo de N 45°-1’ E y con una distancia de 499.9957 metros se llega al vértice No. 136 continuando con un rumbo N 44°-59’ W y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 136 (sic), con un rumbo S 45°-1’ W y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 137, con rumbo S 44°-59’ E y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 132, vértice donde iniciamos la descripción de este polígono el cual encierra una superficie de 25-00-02.29 hectáreas, durante el recorrido de este polígono venimos colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’ y a la izquierda con terrenos que se deslindan, que corresponden a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubica de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de Benjamín Hurtado Herrera). Polígono No. 12. Para la descripción del polígono No. 14 (sic) partimos del vértice No. 157 en donde con un rumbo N 45°-1’ E y una distancia de 499.99 metros se llega al vértice No. 158, continuando con rumbo N 44°-59’ W y una distancia de 336.41 metros se llega al vértice No. 159, con un rumbo S 73°-24’ W y distancia de 202.42 metros se llega al vértice No. 159’, con un rumbo N 56°-16’ W y una distancia de 68.77 metros se llega al vértice No. 160, con un rumbo S 45°-1’ W y distancia de 308.48 metros se llega al vértice No. 161, con un rumbo S 44°-59’ E y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 157, vértice donde iniciamos la descripción de este polígono el cual encierra una superficie de 22-89-85.37 hectáreas, durante el recorrido de este polígono venimos colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’ y a la izquierda con terrenos que se deslindan, que corresponde a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubica de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de Ramón López López). Polígono No. 13. Para la descripción del polígono No. 13 partimos del vértice No. 154, con rumbo S 44°-59’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 155, continuando con un rumbo N 45°-1’ E y una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 156, con rumbo N 44°-59’ W y distancia de 499.99 metros se llega al vértice No. 157, con un rumbo S 45°-1’ W y distancia de 499.99 metros se llega al vértice No. 154, vértice donde iniciamos la descripción de este polígono el cual encierra una superficie de 24-99-98.76 hectáreas, durante el recorrido de este polígono venimos colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’ y a la izquierda con terrenos que se deslindan, que corresponden a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubica de manera individual de la forma siguiente: (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias de Isabel Sánchez Leyva). Polígono No. 14. Para la descripción del vértice 162 con un rumbo S 44°-59’ W y distancia de 1,000.00 metros se llega al vértice No. 163, con un rumbo de N 45°-01’ E y distancia de 1,000.00 metros se llega al vértice No. 164, con un rumbo de N 44°-59’ W y distancia de 1,000.00 metros se llega al vértice No. 166a., con un rumbo de S 45°-01’ W y distancia de 1,000.00 metros se llega al vértice No. 162, punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 99-99-95-03 hectáreas, y que corresponden a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias de los quejosos: Miguel Bojórquez Rentería; Casildo Castro Camacho; Víctor Castro Camacho; Maximino Bojórquez Rentería). Polígono No. 15. Para la descripción del polígono No. 15, partimos del vértice No. 126, con un rumbo de S 45°-01’ E y distancia de 999.99 metros se llega al vértice No. 127, continuando con un rumbo de N 44°-59’ W y distancia de 499.99 metros se llega al vértice No. 128, con un rumbo N 45°-01’ E y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 129, con un rumbo de N 44°-59’ W y distancia de 499.99 metros se llega al vértice No. 130, con rumbo S 45°-01’ W y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 131, con rumbo N 44°-59’W y distancia de 999.99 metros se llega al vértice No. 132, con un rumbo S 45°-01’ W y distancia de 500.26 metros se llega al vértice No. 133, con rumbo S 44°-59’ E y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 134, con rumbo S 45°-01’ W y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 135, con rumbo de S 44°-59’ E y distancia de 1,500.00 metros se llega al vértice No. 126, vértice donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 200-00-00.66 hectáreas, durante el recorrido de este polígono venimos colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, y a la izquierda con terrenos que se describen y que corresponden a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias, de los quejosos: Camilo Serrano Camacho; Constancio Inzunza Angulo; Efrén Castro Castro; Eduardo Sánchez Valdez; Jesús A. Heredia Sepúlveda; Ambrocio Sepúlveda Castro; Jesús Armando Valle Douriet; Alfonso Llanes Heredia; María Antonia Valle Douriet). Polígono No. 15 Bis. Para la ubicación de este polígono partimos del vértice número 74, con un rumbo N 45°-01’ E y distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 126, colindando a la derecha con el polígono número 23, con un rumbo N 44°-59’ W y distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 74B colindando a la derecha con el polígono número 15, con un rumbo de S 45°-01’ W y distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 74a., colindando a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, con un rumbo S 44°-59’ E y distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 74, colindando a la derecha con el polígono número 9, siendo este vértice donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 24-99-84 hectáreas, que corresponde a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias de Félix Romo Camacho). Polígono No. 16. Para la descripción del polígono No. 16, partimos del vértice No. 142, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros llegamos al vértice No. 143, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 144, y con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 145, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 1000.00 metros se llega al vértice No. 146, con un rumbo de S 45°-01’ W y una distancia de 1000.00 metros se llega al vértice No. 147, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 142, punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual colinda a su alrededor a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’ y encierra una superficie de 75-00-05.11 hectáreas, que corresponden a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias de los quejosos: Eligio Zavala Zavala; Miguel Rodríguez Cázares; Francisco Moroyoqui Flores). Polígono No. 17. Para la descripción del polígono No. 17, partimos del vértice No. 138, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 739.82 metros se llega al vértice No. 139, con un rumbo de S 74°-16’ E y con una distancia de 298.31 metros se llega al vértice No. 140, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 1000.00 metros se llega al vértice No. 142, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 138, punto donde iniciamos la descripción de este polígono que colinda a su alrededor con terrenos del ejido ‘La Despensa’ y encierra una superficie de 48-10-17.07 hectáreas, que corresponden a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias, de los quejosos: José Francisco Moroyoqui y Manuel de Jesús Moroyoqui). Polígono No. 18. Para la descripción de este polígono partimos del vértice No. 141 con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 631.33 metros, se llega al vértice No. 148, con un rumbo de S 74°-16’ E y con una distancia de 422.70 metros se llega al vértice No. 149, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 293.23 metros se llega al vértice No. 150, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No 151, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 152, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 153, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 1000.00 se llega al vértice No. 141, punto donde iniciamos la descripción de este polígono que colinda a su alrededor con terrenos del ejido ‘La Despensa’ y encierra una superficie de 71-18-84.49 hectáreas, que corresponden a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias de los quejosos: Filemón Villanueva León; Emilio Otero Chávez; Sebastián López Márquez). Polígono No. 19. Para la descripción de este polígono se partió del vértice No. 175, con un rumbo de S 44°-59’ E y distancia de 196.70 metros se llega al vértice No. 172, con un rumbo de N 33°-27’ E y distancia de 750.00 metros se llega al vértice No. 173a., con un rumbo de N 58°-22’ W y distancia de 47.69 metros se llega al vértice No. 173B, con un rumbo de S 45°-01’ W y distancia de 723.74 metros se llega al vértice No. 175, punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 8-90-54.81 hectáreas, que corresponden a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubican de manera individual de la forma siguiente: (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de Antonio Aguilar Tovar ). Polígono No. 20. Para la descripción de este polígono partimos del vértice No. 168, con un rumbo de S 44°-59’ E y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 169, con un rumbo de N 45°-01’ E y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 170ª, con un rumbo de N 44°-59’ W y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 170-B, con un rumbo de S 45°-01’ W y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 168, punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual colinda a su alrededor con terrenos del ejido ‘La Despensa’, y el cual encierra una superficie de 25-00-02.29 hectáreas, que corresponde a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de Bernardo Mejía Castro). Polígono No. 21. Para la descripción de este polígono, partimos del vértice No. 176, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 1,331.36 metros se llega al vértice No. 177, colindando en esta línea con el polígono No. 25, y terrenos del ejido ‘La Despensa’, continuando con un rumbo de S 89°-51’ E con una distancia de 372.02 metros se llega al vértice No. 177’, con un rumbo de N 43°-44’ E y con una distancia de 300.00 metros se llega al vértice No. 178, con un rumbo de N 33°-41’ W y con una distancia de 600.00 metros se llega al vértice No. 179, con un rumbo de N 33°-41’ W y con una distancia de 509.90 metros se llega al vértice No. 180, durante este recorrido colindamos a la derecha con la ‘Bahía de Agiabampo’, continuando con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 280.00 metros se llega al vértice No. 181, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 182, con un rumbo de S 45°-01’ W y distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 176, colindando a la derecha terrenos del ejido ‘La Despensa’ y siendo este vértice el punto donde iniciamos este recorrido, el cual encierra una superficie de 94-86-32.98 hectáreas, que corresponden a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote, con sus medidas y colindancias, de: Librado Sánchez Castro; Lázaro Pineda Valdez; Arnulfo Paredes López). Polígono No. 22. Para la descripción de este polígono partimos del vértice No. 126’ con un rumbo de N 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 127, colindando en esta línea al norte con el polígono No. 12 de los terrenos que se deslindan, continuando con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 127’, colindando con esta línea con terrenos del ejido ‘La Despensa’, con un rumbo de S 45°-05’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 147, colindando esta línea a la derecha con el polígono No. 16, de los terrenos que se deslindan, con un rumbo de N 44°-55’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice No. 126’ colindando esta línea a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, siendo este punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 25-00-02.29 hectáreas, que comprende a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de José López Arredondo). Polígono No. 23. Para la ubicación de este polígono, partimos del vértice 74, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 74’, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 126, con un rumbo de N 45°-01’E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 147, colindando durante este recorrido con terrenos del ejido ‘La Despensa’, con un rumbo de 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 147’, colindando en esta línea a la derecha con el polígono número 22, de los terrenos que se deslindan, colindando con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 126, colindando a la derecha con el polígono número 12 de los terrenos que se deslindan, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 74, colindando en esta línea con terrenos del ejido ‘La Despensa’, siendo este punto donde iniciamos la descripción de este polígono el cual encierra una superficie de 49-99-97.51 hectáreas, que corresponden a las propiedades de los quejosos que a continuación se señalan y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señalan los números de lote con sus medidas y colindancias de: Leonel Ávila Corona y Teódulo Gilberto Ávila Corona). Polígono No. 24. Para la ubicación de este polígono partimos del vértice número 146, con un rumbo de N 45°-01’E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 146-A, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 146-B, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 146-C, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 146, punto donde iniciamos la descripción de este polígono que colinda en su alrededor con terrenos del ejido ‘La Despensa’, y encierra una superficie de 25-00-02.29 hectáreas, que corresponde a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubica de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de: Sixto A. Rodríguez Arredondo). Polígono No. 25. Para la descripción de este polígono, partimos del vértice número 176-A, con un rumbo de S 44°-59’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 146-B, con un rumbo de N 45°-01’ E y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 146-C, durante este recorrido colindamos a la derecha con terrenos del ejido ‘La Despensa’, con un rumbo de N 44°-59’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 176, colindando en esta línea a la derecha con el polígono número 21 de los terrenos que se deslindan, con un rumbo de S 45°-01’ W y con una distancia de 500.00 metros se llega al vértice número 176, siendo este punto donde iniciamos la descripción de este polígono, el cual encierra una superficie de 24-99-98.76 hectáreas, que corresponde a la propiedad del quejoso que a continuación se señala y que se ubican de manera individual de la forma siguiente (se señala el número de lote, con sus medidas y colindancias, de: Carlos Jacinto Ávila Corona). Con los resultados de los trabajos técnicos antes mencionados, se elaboró un plano que refleja la exacta ubicación de cada uno de los lotes amparados, los cuales suman una superficie total de 4,004-47-72.24 hectáreas, mismo que se anexa a la presente acta como parte integrante de la misma, haciéndose constar que los citados lotes de terreno, quedaron debidamente referenciados con los lotes del plano del fraccionamiento de los predios ‘Bolsa de San Pablo’ y ‘Matacahui’, del Municipio de Ahome, Sinaloa, tal como se especifica en el citado plano de localización. Restitución de los terrenos a los quejosos amparados por parte de los comisionados de la representación regional del pacífico de la Secretaría de la Reforma Agraria. Tomando en consideración la localización de los terrenos amparados, que se llevó a cabo de conformidad con los caminamientos que se describen con anterioridad, en este acto los comisionados Ing. Alfonso Moreno Pérez y Lic. Juan Antonio Romero Sepúlveda, procedieron a restituir dichos terrenos a sus respectivos propietarios, por conducto de los CC. Adolfo Angulo Montoya, Francisco Moroyoqui Flores, representantes comunes de los quejosos, que quedaron señalados en párrafos anteriores, a quienes se les puso en posesión de sus respectivas propiedades, localizadas en los predios ‘Matacahui’ y ‘Bolsa de San Pablo’, Municipio de Ahome, Estado de Sinaloa, que venían poseyendo los campesinos de la segunda ampliación del ejido ‘La Despensa’, del mismo Municipio y Estado, en base a las diligencias de ejecución de la resolución presidencial, practicada el 10 de julio y 29 de noviembre de 1970, dándose con este acto cumplimiento en términos del artículo 80 de la Ley de Amparo, a la ejecutoria de fecha 25 de septiembre de 1986, pronunciada por la Sala Auxiliar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el toca en revisión número 8013/82, derivado del juicio de amparo número 597/81 antes 1451/77, así como a las instrucciones giradas por la Unidad Técnica Operativa de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio número 203149 de fecha 7 de noviembre del año 2000. Se hace constar que los lotes de terreno que corresponden a los polígonos antes citados y que en este acto se restituyen a sus propietarios quejosos, fueron plenamente desocupados, incluyéndose los lotes 63, 68, 64 y 69, todos del polígono número 9, ubicados en el lugar denominado ‘Las Prietas’. Conformidad expresada por los quejosos amparados, en relación con la restitución de los terrenos en cumplimiento a la ejecutoria. Acto seguido el C. Adolfo Angulo Montoya y Francisco Moroyoqui Flores, representantes comunes de los quejosos amparados, asesorados por su abogado licenciado José Rosendo Corrales Saucedo, manifiestan que reciben a su entera satisfacción, los terrenos descritos en la presente acta de restitución, de los cuales toman posesión física y material, razón por la que, se declara total y cabalmente restituidos en el goce de las garantías individuales que le fueron violadas, y que constituyeron los actos reclamados dentro del juicio de amparo número 597/81 antes 1451/77, que culminó con ejecutoria en el toca en revisión número 8013/82, pronunciada por la Sala Auxiliar de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, manifestando, además, su plena conformidad para que la presente acta de restitución se haga del conocimiento del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a efecto de que se tenga por cumplimentada en todos sus términos, la ejecutoria dictada en el juicio de amparo señalado con anterioridad. A efecto de que los lotes de terreno restituidos en cumplimiento a la ejecutoria antes mencionada, queden debidamente regularizados a favor de sus propietarios, y puedan considerarse dentro de los programas implementados para el campo por el Gobierno Estatal y Federal, la representación regional del Pacífico, girará oficios al Registro Público de la Propiedad, al Instituto Catastral, a la Delegación Estatal del Registro Agrario Nacional, a la asociación ganadera, a la delegación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como a los representantes legales del ejido ‘La Despensa’, Municipio de Ahome, Sinaloa, anexándoles copia de la presente acta y del plano de restitución. Por último, se hace constar que en esta diligencia, participaron también el agente del Ministerio Público Federal que suscribe, acompañado de diversos elementos de seguridad pública, y el C. Lic. Antonio Ojeda Benitez, notario público con ejercicio y residencia en el Municipio de Ahome, Sinaloa, el primero para salvaguardar el orden y la seguridad de los trabajos que se realizaron, y el segundo para dar fe de la forma en que se llevó a cabo la diligencia de restitución. No existiendo otro asunto que tratar, se da por concluida la presente diligencia de restitución, siendo las 22:10 horas del día 21 de diciembre del año 2000."

Finalmente, también se anexó copia de los oficios 20441 y 20442, de dieciocho de diciembre de dos mil, dirigidos por el representante regional Pacífico Sinaloa de la Secretaría de la Reforma Agraria, respectivamente, al delegado del Instituto Catastral y al oficial del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, ambos del Estado de Sinaloa, en los que se informa de la ejecutoria federal que concedió el amparo a los quejosos, y se les solicita, al primero, que "... proceda a realizar las anotaciones que correspondan en las cartas catastrales de ese instituto a su merecido cargo, y se le dé vigencia a la propiedad particular que hoy regresa a ese status, en cumplimiento a la sentencia dictada en el juicio de amparo que resolvió el Juez Quinto de Distrito en el Estado de Sinaloa ..."; y al segundo, "... cancelar la inscripción en ese Registro Público de la Propiedad, y formular las anotaciones marginales que correspondan, respecto de los terrenos amparados, cuyos datos están expresos de las fojas 8 a la 102, de la ejecutoria en el juicio de amparo de que se trata, y que a la fecha dichas tierras estuvieron registradas a nombre del núcleo agrario en comento; por tanto, para los efectos legales correspondientes una vez que la autoridad administrativa de la Secretaría de la Reforma Agraria, ha declarado insubsistente los actos de ejecución de la resolución presidencial de fecha 16 de enero de 1970, y el plano proyecto de localización aprobado por el cuerpo consultivo agrario de fecha 9 de enero de 1970, que sirvió de base para lo diligencia de posesión y deslinde en favor del núcleo de que se trata y, por tanto, darle vigencia a la propiedad de los amparistas en los términos de sus anteriores registros, que se vieron vulnerados al incluirse en los actos de entrega de tierras que hoy están invalidadas por sentencia del Poder Judicial de la Federación."

De lo expuesto en los puntos que anteceden se estima que las autoridades responsables han demostrado que han realizado, cuando menos, las obligaciones jurídicas que constituyen el núcleo esencial de la sentencia de amparo y, por tanto, que dichas autoridades no han incurrido en contumacia en el cumplimiento de dicho fallo.

Ahora bien, con independencia de si con su actuar las autoridades responsables atendieron o no, de manera completa y exacta, los deberes en los cuales se traduce el núcleo esencial de la obligación impuesta en la ejecutoria, lo cierto es que, de esos documentos, que tienen pleno valor probatorio al tenor de los artículos 129 y 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicados supletoriamente a la materia de amparo, se desprende que, en lo que toca a la última actuación de las responsables, por la cual se dejaron sin efecto los actos de ejecución efectuados y se restituyó los predios objeto de controversia, los representantes comunes de los quejosos manifestaron su voluntad de recibir de la autoridad los predios indicados, en cumplimiento del fallo protector, lo cual, además, revela la existencia de un principio de ejecución y que la autoridad responsable no ha sido contumaz en su acatamiento.

Por tanto, sin prejuzgar sobre el debido cumplimiento dado a la sentencia protectora de garantías, existen razones suficientes para declarar sin materia el presente incidente de inejecución de sentencia.

Ciertamente, del análisis del artículo 105, segundo párrafo, de la Ley de Amparo, se desprende que para resolver en definitiva un incidente de inejecución de sentencia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación requiere que exista previamente una determinación del Juez de Distrito, en el sentido de que no se ha cumplido con la sentencia de amparo, pese a los requerimientos hechos a la autoridad responsable y no obre en autos constancia alguna que demuestre lo contrario.

De ello se sigue que si como en el caso, en que se encuentra pendiente de resolver en esta Suprema Corte de Justicia de la Nación el incidente de inejecución derivado del juicio de amparo donde se concedió la protección federal, la autoridad responsable acredita ante este Alto Tribunal que no ha incurrido en contumacia en el acatamiento al fallo protector, puesto que incluso exhibe las constancias donde los representantes comunes de los quejosos manifestaron que recibían de la autoridad los predios en cumplimiento de la sentencia, entonces dicho incidente queda sin materia y así debe declararse, sin prejuzgar, como se ha dicho, sobre el debido cumplimiento dado a la ejecutoria.

Sirve de apoyo a lo anterior, la tesis de jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que dice: