RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 150/2013. 4 DE SEPTIEMBRE DE 2013. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 150/2013. 4 DE SEPTIEMBRE DE 2013. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, ALBERTO PÉREZ DAYÁN, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS, MARGARITA BE

Fecha: 30-May-2014

Primeroes Fundado El Recurso De Inconformidad A Que Este Toca Se Refiere

SEGUNDO.-Se revoca la resolución de diez de junio de dos mil trece dictada por el Juez Decimosegundo de Distrito en el Estado de México, con residencia en Nezahualcóyotl, que tuvo por cumplida la ejecutoria del juicio de amparo indirecto **********, para los efectos precisados en el último considerando de este fallo.

Notifíquese; con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al Juzgado de Distrito de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.

Así lo resolvió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Ministros Margarita Beatriz Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán y Ministro presidente Sergio A. Valls Hernández.

En términos de lo dispuesto por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión de veinticuatro de abril de dos mil siete, y conforme a lo previsto en los artículos 3, fracción II, 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como en el segundo párrafo del artículo 9 del Reglamento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal para la aplicación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.