RECURSO DE INCONFORMIDAD 3/2022
Suprema Corte de Justicia de la Nación

RECURSO DE INCONFORMIDAD 3/2022

Fecha: 22-Jun-2022

III. OPORTUNIDAD

  1. En términos del artículo 202 de la Ley de Amparo, el recurso de inconformidad debe interponerse dentro del plazo de quince días contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación de la resolución impugnada . En el caso, el proveído impugnado se notificó electrónicamente al autorizado del denunciante, el veintiséis de octubre de dos mil veintiuno , según la constancia (acuse) de consulta generada . De modo que el plazo para interponer el recurso de inconformidad transcurrió del veintisiete de octubre al diecinueve de noviembre, del mismo año . Entonces, el recurso es oportuno porque se presentó el once de noviembre de dos mil veintiuno .