RESUELVE:
PRIMERO. Queda sin materia el presente recurso de inconformidad 21/2022.
SEGUNDO. Queda sin efectos la resolución de veintidós de septiembre de dos mil veintidós, suscrita por los Magistrados integrantes del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito en el expediente de la inconformidad **********, de su índice.
NOTIFÍQUESE ; conforme a derecho corresponda, devuélvanse los autos a su lugar de origen, y en su oportunidad archívese el asunto como concluido.
Así lo resolvió, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Señores Ministros y las Señoras Ministras: Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo (Ponente).
