RECURSO DE RECLAMACIÓN 152/2025 DERIVADO DE LA SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 1759/2024.
Fecha: 21-May-2025
R E S U E L V E:
PRIMERO. Es infundado el recurso de reclamación a que este toca se refiere.
SEGUNDO. Se confirma el acuerdo de catorce de marzo de dos mil veinticinco, dictado por la Ministra Presidenta de la Primera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación en los autos de la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 1759/2024.
Notifíquese ; conforme a derecho corresponda, devuélvanse los autos relativos al lugar de origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de las Señoras Ministras y los Señores Ministros: Jorge Mario Pardo Rebolledo (Ponente), Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y Presidenta Loretta Ortiz Ahlf.