SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE

Fecha: 01-Ene-2017

CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN NO PUEDE EJERCERLA, PARA

CONOCER DE UN RECURSO DE REVISIÓN FISCAL.”

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SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN

89/2022

PRIMERO. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la

Nación no ejerce la facultad de atracción para conocer y resolver el

juicio de amparo directo 307/2021 y el recurso de revisión fiscal

328/2021, del índice del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia

Administrativa del Primer Circuito.

SEGUNDO.Devuélvanse los autos al Vigésimo Tribunal Colegiado en

Materia Administrativa del Primer Circuito para los efectos legales

correspondientes.

Notifíquese; cúmplase y, en su oportunidad, archívese el expediente

como asunto concluido.

Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la

Nación por unanimidad de cuatro votos de la Ministra Norma Lucía

Piña Hernández, de los Ministros Juan Luis González Alcántara

Carrancá, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y del Ministro Presidente en

funciones Jorge Mario Pardo Rebolledo. La Ministra Ana Margarita

Ríos Farjat (Ponente) estuvo ausente, hizo suyo el asunto la Ministra

Norma Lucía Piña Hernández.

Firman el Ministro Presidente en funciones de la Sala y la Ministra

ponente, con el Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.

PRESIDENTE EN FUNCIONES DE LA PRIMERA SALA

MINISTRO JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO

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