SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE

Fecha: 01-Ene-2017

II. COMPETENCIA Y LEGITIMACIÓN

17.

Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es

competente para conocer esta solicitud de ejercicio de la facultad de

atracción9. Además, la solicitud proviene de parte legitimada, toda vez

que fue presentada por el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia

Administrativa del Primer Circuito10.

9

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, fracción VIII, penúltimo párrafo,

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 21, fracción II, de la Ley

Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con los puntos segundo y

tercero del Acuerdo General Plenario 5/2013.

10 En términos de los artículos 107, fracción VIII, penúltimo párrafo, de la Constitución

Política del país y 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la

Federación, tratarse del órgano jurisdiccional que conoce del amparo directo y del

recurso de revisión fiscal relacionado.

10