Suprema Corte de Justicia de la Nación
SOLICITUD DE ejercicio de la FACULTAD DE ATRACCIÓN 150/2022
Fecha: 01-Ago-2022
IV. LEGITIMACIÓN
- Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción proviene de parte legitimada. Esto, toda vez que fue solicitada por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, en términos de los artículos 107, fracción VIII, inciso b), segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 80 Bis de la Ley de Amparo.
- Encabezado
- R E S O L U C I Ó N
- III. COMPETENCIA
- IV. LEGITIMACIÓN
- V. CONSIDERACIONES Y FUNDAMENTOS
- FACULTAD DE ATRACCIÓN. LAS RAZONES EMITIDAS POR LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PARA EJERCERLA NO SON DE ESTUDIO OBLIGADO AL ANALIZARSE EL FONDO DEL ASUNTO.
- VI. DECISIÓN
- R E S U E L V E: