SOLICITUD DE ejercicio de la FACULTAD DE ATRACCIÓN 206/2023
Fecha: 21-Jun-2023
R E S U E L V E
PRIMERO. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no ejerce la facultad de atracción para conocer y resolver el **********, del índice del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito.
SEGUNDO . Devuélvanse los autos al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito, para los efectos legales conducentes.
Notifíquese; conforme a derecho corresponda y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad de cinco votos de la Ministra y los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat (ponente), Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el Ministro Presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo.