SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 1519/2024
Suprema Corte de Justicia de la Nación

SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 1519/2024

Fecha: 09-Oct-2024

I. ANTECEDENTES

  1. Vinculación a proceso . El veintisiete de marzo de dos mil veintitrés, a ********** se le vinculó a proceso (por el delito contra la salud, en la modalidad de posesión con fines de comercio en su variante de venta de clorhidrato de metanfetamina, previsto y sancionado en el artículo 195, párrafo primero, en relación con los numerales 193, 194, fracción I, del Código Penal Federal, en correlación con el artículo 245 de la Ley General de Salud), y se le impuso como medida cautelar la prisión preventiva oficiosa.
  2. El veintidós de agosto de dos mil veintitrés, la persona imputada solicitó audiencia para la modificación de la medida cautelar de prisión preventiva impuesta, y el veinticuatro siguiente, se desahogó la audiencia de revisión de medida cautelar, en la que se declaró infundado el argumento de la defensa para imponer una diversa medida cautelar que no fuera la prisión preventiva oficiosa.
  3. Demanda de amparo indirecto . Inconforme con la decisión, ********** (parte quejosa), por medio de su defensor público federal, promovió juicio de amparo indirecto en contra de la Jueza de Distrito Especializada en el Sistema Penal Acusatorio, adscrita al Centro de Justicia Penal Federal, con residencia en Tijuana, en funciones de Juez de Control. Señaló como actos reclamados, los siguientes:
    1. La revisión de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa de veinticuatro de agosto de dos mil veintitrés, en la causa penal **********.
  4. Amparo indirecto ********** . De la demanda de amparo correspondió conocer al Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Tijuana, que por resolución de veintiocho de noviembre de dos mil veintitrés determinó conceder el amparo , para el efecto de que la jueza de control no aplique, en lo presente ni en lo futuro, dentro de la causa penal ********** de su índice, la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa al quejoso.
  5. Lo anterior, al estimar que la aplicación oficiosa de dicha medida cautelar (prevista en los artículos 19, segundo párrafo, de la Constitución Federal y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales) contravenía las disposiciones convencionales sobre el tema.
  6. Recurso de revisión **********. Inconforme con lo anterior, el Agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito al juzgado de amparo del conocimiento, interpuso recurso de revisión, cuyo conocimiento correspondió al Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, que lo registró con el expediente ********** y en sesión pública virtual celebrada el veintiséis de junio de dos mil veinticuatro, determinó, solicitar a esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, ejerciera su facultad de atracción para decidir sobre el tema concerniente a la medida cautelar de la prisión preventiva oficiosa .