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    SOLICITUD DE REASUNCIÓN DE COMPETENCIA 23/2022
    Suprema Corte de Justicia de la Nación

    SOLICITUD DE REASUNCIÓN DE COMPETENCIA 23/2022

    Fecha: 10-Ago-2022

    IV. LEGITIMACIÓN

    1. La solicitud de reasunción de competencia proviene de parte legitimada. Esto conforme a lo dispuesto en el párrafo segundo Punto Décimo Cuarto del Acuerdo General Plenario 5/2013, en tanto fue formulada por el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. De esta manera se actualiza la hipótesis normativa dispuesta en el párrafo primero del mismo Punto Décimo Cuarto del Acuerdo General.
    • Encabezado
    • ELENA LÓPEZ CUEVA
    • R E S O L U C I Ó N
    • I. ANTECEDENTES
    • II. TRÁMITE
    • III. COMPETENCIA
    • IV. LEGITIMACIÓN
    • V. CONSIDERACIONES Y FUNDAMENTOS
    • FACULTAD DE ATRACCIÓN. LAS RAZONES EMITIDAS POR LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PARA EJERCERLA NO SON DE ESTUDIO OBLIGADO AL ANALIZARSE EL FONDO DEL ASUNTO.
    • VI. DECISIÓN
    • RESUELVE:

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