Suprema Corte de Justicia de la Nación
SOLICITUD DE REASUNCIÓN DE COMPETENCIA 44/2025
Fecha: 13-Ago-2025
II. PRESUPUESTOS PROCESALES
- Competencia. Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del presente asunto, ya que se trata de una solicitud para reasumir la competencia originaria en un amparo en revisión, de acuerdo con los Puntos Segundo, fracción XVII y Décimo Quinto del Acuerdo Plenario 1/2023, emitido el veintiséis de enero de dos mil veintitrés y reformado el diez de abril siguiente, y con el artículo 21, fracción IX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación abrogada; en relación con el artículo tercero transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veinte de diciembre de dos mil veinticuatro.
- Legitimación. La solicitud proviene de parte legitimada, toda vez que fue presentada por los integrantes del Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, de conformidad con los artículos 107, fracción VIII, penúltimo párrafo, constitucional y el Punto Décimo Quinto del Acuerdo General Plenario 1/2023, de veintiséis de enero de dos mil veintitrés.