AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2024-O
Fecha: 30-Dic-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 16.II del Código Procesal Constitucional, resuelve declarar:
a) HA LUGAR en parte la queja por incumplimiento interpuesta por Cristhian Arroyo Shiriqui.
1) Disponer el pago de los sueldos devengados correspondientes a mayo, junio y julio de 2022, en los mismos términos dispuestos por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Beni.
b) NO HA LUGAR en parte con relación a la cancelación retroactiva de asignaciones familiares de prenatalidad, natalidad y lactancia en los mismos términos dispuestos por la Sala Constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA