AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2024-O
Fecha: 05-Jun-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 16.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 15 de marzo de 2024, cursante de fs. 380 a 381 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, en consecuencia, declarar NO HA LUGAR a la denuncia de queja por incumplimiento de la SCP 0859/2023-S2 de 28 de agosto, formulada por José Bismar Canelas Revollo, conforme a los términos establecidos en el presente Auto Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA