AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2024-O
Fecha: 01-Ago-2024
CORRESPONDE AL AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2024-O (viene de la pág. 18).
perjuicios mayores; toda vez que, el referido fallo constitucional determinó la reincorporación inmediata de la impetrante de tutela al mismo cargo que venía desempeñando sus funciones en el GAD de Chuquisaca, más el pago de derechos y beneficios sociales, además de otros beneficios devengados, hasta que la niña cumpla un año de edad; empero, al haber trascurrido casi cinco meses desde el 9 de marzo de 2023, fecha en la cual la menor BB conforme a su certificado y certificación del SERECI de Chuquisaca cumplió un año de edad, se hace inviable el cumplimiento de la citada Sentencia Constitucional Plurinacional en la medida de lo determinado, específicamente en lo referente a la reincorporación laboral propiamente dicha; sin embargo, además de cancelarse el bono de té como otros beneficios, corresponde también el pago de los sueldos devengados y de las asignaciones familiares que comprenden el subsidio prenatal, natalidad y lactancia, los mismos que conforme al Fundamento Jurídico III.3 de la SCP 0468/2022-S1 de 24 de junio, al haber cumplido un año de edad la menor beneficiaria hasta antes de la notificación con la SCP 0950/2022-S1, deben ser cancelados en dinero.