Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2025-RCA
Fecha: 27-Feb-2025
Encabezado
AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2025-RCA
Sucre, 27 de febrero de 2025
Expediente: 71104-2025-143-AAC
Acción de amparo constitucional
Departamento: Chuquisaca
En revisión la Resolución de 7 de febrero de 2025, cursante de fs. 111 a 112 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Reyna López Mesa de Rosales contra Rodolfo Avilés Ayma, Presidente y Luz Melisa Cortes, Concejal Secretaria ambos del Consejo Municipal de Sucre.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II. (…) podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial” (las negrillas son nuestras). | III. El plazo para plantear la so
- II. Sin perjuicio de lo señalado en el Parágrafo anterior, la trabajadora o el trabajador, de forma personal, mediante apoderado legal o por intermedio de un representante de la organización sindical a la que estuviese afiliado, podrá solicitar ante
- POR TANTO