Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2025-RCA
Fecha: 27-Feb-2025
POR TANTO
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, de conformidad a lo establecido por el art. 30.III del Código procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 7 de febrero de 2025, cursante de fs. 111 a 112 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del departamento de Chuquisaca.
Regístrese y notifíquese.
COMISIÓN DE ADMISIÓN
MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA PRESIDENTA
MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
Boris Wilson Arias López
MAGISTRADA
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II. (…) podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial” (las negrillas son nuestras). | III. El plazo para plantear la so
- II. Sin perjuicio de lo señalado en el Parágrafo anterior, la trabajadora o el trabajador, de forma personal, mediante apoderado legal o por intermedio de un representante de la organización sindical a la que estuviese afiliado, podrá solicitar ante
- POR TANTO