AUTO CONSTITUCIONAL 0354/2025-CA
Fecha: 16-Jun-2025
Encabezado
AUTO CONSTITUCIONAL 0354/2025-CA
Sucre, 16 de junio de 2025
Expediente: 73911-2025-148-AIC
Acción de inconstitucionalidad concreta
Departamento: Potosí
En consulta la Resolución de 24 de abril, cursante de fs. 163 vta. a 165, pronunciada por el Juez Agroambiental de Uncía del departamento de Potosí, por la que determinó rechazar la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Armando Cordova Saavedra, Walter Georgio Arce Iberos, en representación de Damiana Ayaviri Siles Vda. de Escobar, demandando la inconstitucionalidad de la Ley 13/2016 de 21 de diciembre, por ser presuntamente contraria al derecho de propiedad instituido en la Constitución Política del Estado (CPE).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- II. ANÁLISIS DE LA ACCIÓN
- II. Con la respuesta o sin ella, dentro de las veinticuatro horas subsiguientes al vencimiento del plazo, la autoridad decidirá, fundamentadamente, si promueve la Acción de Inconstitucionalidad Concreta” (las negrillas nos corresponden).
- II. En la sustanciación de las acciones constitucionales no se admitirá ninguna Acción de Inconstitucionalidad Concreta” (las negrillas son agregadas).
- POR TANTO