AUTO CONSTITUCIONAL 0354/2025-CA
Fecha: 16-Jun-2025
POR TANTO
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 24 de abril de 2025, cursante de fs. 163 vta. a 165, pronunciada por el Juez Agroambiental de Uncía del departamento de Potosí y, en consecuencia, RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Armando Córdova Saavedra, Walter Georgio Arce Iberos y Miriam María Escobar Ayaviri en representación legal de Damiana Ayaviri Siles Vda. de Escobar.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
CORRESPONDE AL AC 0354/2025-CA (viene de la pág. 6)
COMISIÓN DE ADMISIÓN
MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
MAGISTRADA PRESIDENTA
Ángel Edson Dávalos Rojas René Yván Espada Navía
MAGISTRADO MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- II. ANÁLISIS DE LA ACCIÓN
- II. Con la respuesta o sin ella, dentro de las veinticuatro horas subsiguientes al vencimiento del plazo, la autoridad decidirá, fundamentadamente, si promueve la Acción de Inconstitucionalidad Concreta” (las negrillas nos corresponden).
- II. En la sustanciación de las acciones constitucionales no se admitirá ninguna Acción de Inconstitucionalidad Concreta” (las negrillas son agregadas).
- POR TANTO