SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2025-S2
Fecha: 06-Dic-2019
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; y, 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 041/2023 de 28 de febrero, cursante de fs. 190 a 197, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada con relación al derecho a la petición, disponiendo que la parte accionada, o en su caso, el actual Directorio de la Cooperativa Minera Aurífera Unión Aucapata Responsabilidad Limitada den respuesta formal y fundamentada a cada uno de los pedidos realizados por la impetrante de tutela a través de notas de 1, 12 y 30 de septiembre, todas de 2022, conforme a los razonamientos expresados en el Fundamento Jurídico III.3 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
2º DENEGAR la tutela impetrada respecto a la denuncia de vulneración de su derecho y garantía del debido proceso; los derechos a no ser discriminada; a no sufrir violencia física, sexual o psicológica en la familia como en la sociedad; a la sucesión hereditaria; a una justicia plural, pronta y oportuna; a la aplicación objetiva de la ley; a la subsistencia y a la vida de su persona y de su hija menor de edad; a la salud, educación, alimentación, al desarrollo integral; a la “…vivienda digna con todos los servicios básicos y de esparcimiento cu[l]tural y de recreacion y SOB[R]E EL DERECHO A DISFRUTAR LO QUE SU PADRE LE DEJO sin ningun tipo de violencia y discriminacion…” (sic); así como al principio de seguridad jurídica; con la aclaración de que no se ingresó al fondo de la problemática, conforme los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas