SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2022- S2
Fecha: 27-Jun-2020
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 12/2021 de 19 de marzo, cursante de fs. 56 a 62, pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, únicamente con relación a la solicitud de audiencia de cesación a la detención preventiva, disponiendo que los Jueces demandados señalen dentro de las veinticuatro la referida audiencia -siempre y cuando esta no se hubiere producido al momento de su notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional-, en atención a los Fundamentos desarrollados ut supra,
2° DENEGAR con relación al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y,
3° Exhortar al Responsable Nacional de la Oficina Gestora de Procesos a: i) Realizar las gestiones necesarias para dar operatividad al funcionamiento de las Oficinas Gestoras de Procesos encargados de recepcionar, digitalizar y remitir toda documentación correspondiente a los Juzgados o Tribunales que tienen asiento judicial en las diferentes provincias de los nueve departamentos del país; ii) Supervisar el funcionamiento de las mismas; y, iii) Comunicar al público en general -a través de los diferentes medios de difusión- la lista de las Oficinas Gestoras de Procesos encargadas de recepcionar la documentación correspondiente a las o los jueces y tribunales de provincias.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA