SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1047/2023-S3
Fecha: 25-Ene-2021
II. CONCLUSIONES
De la revisión y análisis de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Registro de la Propiedad Inmueble de Derechos Reales (DD.RR.), matrícula 3.09.1.01.0021166, respecto del lote de terreno ubicado en la zona Tacata, D-II, UV 5 MZO 62, con una superficie de 669.63 m2, cuya titularidad sobre el dominio se encuentra a nombre de Elisabet Carbajal -ahora accionada- con una hipoteca por Bs888 111,90.- (ochocientos ochenta y ocho mil ciento once 90/100), en favor del BCP S.A. (fs. 161 y vta.). Consta también, “DOCUMENTO ACLARATORIO DE COMPROMISO DE PAGOS PARA ADQUISICION DEL 100 % DE INMUEBLE EN ACCIONES Y DERECHOS” (sic) de 25 de enero de 2021, suscrito entre la prenombrada y Richard Javier Espín López y Teresa Villalpando Chávez -hoy coaccionantes-, conforme al tenor íntegro del mismo (fs. 2 a 5 vta.).
II.2. Por “AVISO” de 21 de marzo de 2023, la accionada Elisabet Carbajal, comunicó a Richard Javier Espín López y Teresa Villalpando Chávez que por el incumplimiento de las cláusulas del referido documento de 25 de enero de 2021, tienen que desocupar todos los ambientes de su propiedad -departamentos, cuartos y parqueos-, “…INCLUIDOS TAMBIEN LOS AMBIENTES QUE FUERON SUBALQUILADOS Y OTORGADOS EN ANTICRETICO DE MANERA ARBITRARIA Y ABUSIVA POR PARTE DE LOS SEÑORES JAVIER RICHARD ESPIN LOPEZ Y TERESA VILLALPANDO CHAVEZ SIN AUTORIZACION DE LA PROPIETARIA” (sic); además, señaló que procedió al retiro de todos los artefactos y letreros que no fueron autorizados por la misma (fs. 6).
II.3. Constan: Papeletas de la Unidad de Hemodiálisis de la Caja Nacional de Salud (CNS), respecto de la paciente Beatriz Maritza Chávez Arias -ahora coaccionante- (fs. 26 a 31); recibos de pago de cuotas del BCP S.A. (fs. 32 a 44) y recibos de la Organización Territorial de Base (OTB) “CONSTANTINO MORALES” de Quillacollo del departamento de Cochabamba por consumo de agua -entiéndase a nombre de Elisabet Carbajal- (fs. 45 a 48); contratos de suministro de energía eléctrica y sus respectivos anexos, suscritos entre ELFEC y Richard Javier Espín López (fs. 55 a 69); facturas a nombre del prenombrado por conexión y consumo de energía eléctrica suministrada por la citada Empresa (fs. 71 a 106); avisos de cobranza de ELFEC, tarjeta de control vecinal y recibos de pago en favor de la OTB “CONSTANTINO MORALES” a nombre de Elisabet Carbajal (fs. 162 a 166); y, certificación otorgada por la indicada OTB en favor de la prenombrada refiriendo que es miembro activo de la misma, correspondiéndole el medidor de agua 208 (fs. 168.
II.4. Cursa escrito de 14 de marzo de 2023, dirigido a la “SEÑORA JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO” (sic), presentado por Teresa Villalpando Chávez, solicitando emplazamiento a reconocimiento de firmas y rúbricas (fs. 175 y vta.) y decreto de 28 de igual mes y año, emitido por la Jueza Pública Civil y Comercial Decimoséptima de la Capital del departamento de Cochabamba, por el cual cita y emplaza a Elisabet Carbajal y Richard Javier Espín López, para que comparezcan a ese despacho judicial a objeto de reconocer o negar la firma y rúbrica estampada en el “…DOCUMENTO PRIVADO DE COMPROMISO DE PAGOS…” (sic) de 25 de enero de 2021 (fs. 176).
II.5. Constan: Denuncia de 29 de marzo de 2023, presentada ante el Fiscal de Materia de turno de Quillacollo del departamento de Cochabamba, por Félix Villalpando Marzana y Beatriz Maritza Chávez Arias contra Elisabet Carbajal y Paola Céspedes Mamani y otros, sobre los hechos sucedidos el 23 de igual mes y año, y la agresión física que sufrió su hija Teresa Villalpando Chávez y otras víctimas (fs. 177 a 180); “CERTIFICADO MEDICO LEGAL-FORENSE” (sic), emitido por Carola Saddia Llano Romero, Médico Forense del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), que concluye un estatus convulsivo en tratamiento “CONTUSION” con relación a Teresa Villalpando Chávez, otorgándole dos días de incapacidad médico legal (fs. 181 a 182); “INFORME CON RELACIÓN AL CASO CUD 309102042300438 POR EL DELITO DE LESIONES GRAVES Y LEVES” (sic) de 14 de abril de 2023, expedido por Gerónimo Laura Soliz, funcionario policial asignado al caso, dirigido a Jhenry Torrico García, Director Regional de la FELCC de Quillacollo y Judith Abasto Pérez, Fiscal de Materia (fs. 184 y vta.).
II.6. Cursa “INFORME SOCIAL PRELIMINAR” de 14 de abril de 2023, emitido por María Cristina Marca Huanca, Trabajadora Social de la Jefatura del Adulto Mayor del Gobierno Autónomo Municipal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, a solicitud del Área Legal de dicha Jefatura a denuncia de los adultos mayores Beatriz Maritza Chávez Arias y Félix Villalpando Marzana contra Elisabet Carvajal y Paola Céspedes Mamani, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica y muestrario fotográfico adjunto al mismo (fs. 114 a 119).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En cuanto a la carga probatoria, la citada Sentencia Constitucional Plurinacional, precisó: “Por su parte, si bien debe garantizarse para los afectados con vías de hecho una tutela constitucional efectiva y un real acceso a la justicia constitucional