Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2022-S1
Fecha: 05-Oct-2022
Encabezado
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1088/2022-S1
Sucre, 5 de octubre de 2022
SALA PRIMERA
Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
Acción de amparo constitucional
Expediente: 32903-2020-66-AAC
Departamento: Chuquisaca
En revisión la Resolución 114/2020 de 19 de noviembre, cursante de fs. 87 a 94 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Roberto Miguel Figueroa Medrano, Gerente Regional Potosí a.i. de la Aduna Nacional contra Ximena Lucia Mendizabal Hurtado, Jueza de Instrucción Penal Tercera de la Capital del departamento de Chuquisaca.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I. Durante la etapa preparatoria las excepciones e incidentes se tramitarán por la vía incidental por una sola vez, ofreciendo prueba idónea y pertinente.
- II. La jueza o el juez de Instrucción en lo Penal dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, señalará audiencia y notificará a las partes con la prueba idónea y pertinente. La audiencia se llevará a cabo dentro del plazo de tres (3) días, en la cua
- I. La jueza, el juez o tribunal en audiencia dictará resolución fundamentada declarando fundada o infundada las excepciones y/o incidentes, según corresponda.
- De manera previa a analizar el fondo de la presente demanda, corresponde establecer un aspecto relativo a la procedencia de esta acción de amparo constitucional, a efectos de aclarar el cumplimiento del principio de inmediatez, alegado tanto por la a