SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1403/2022-S3
Fecha: 10-Oct-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 14/2021 de 2 de septiembre, cursante de fs. 12 a 15, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, conforme a lo expuesto en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo constitucional.
2° Exhortar a Claret Llanos Martínez, Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo de la Capital del departamento de Santa Cruz, a que en futuras actuaciones no omita la remisión de los actuados pertinentes a efectos de la revisión de las causas puestas en su conocimiento.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- I. Las audiencias se realizarán bajo los principios de oralidad, inmediación, continuidad y contradicción. Excepcionalmente, podrá darse lectura de elementos de convicción en la parte pertinente, vinculados al acto procesal.
- II. Las audiencias se realizarán con la presencia ininterrumpida de las partes, salvo las excepciones establecidas en este Código.
- POR TANTO