SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1398/2022-S2
Fecha: 17-Oct-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por declaración voluntaria del 16 de septiembre de 2021, Wilson David Lazarte Vera, señaló que: “…respondiendo a la carta de 16 de septiembre de 2021 a la solicitud de la señora ALEXANDRA VALDEZ PUMA REALIZO LA SIGUIENTE DECLARACION:. -------------------------------------------------
A LA PRIMERA PREGUNTA: El señor Carlos Tavares Arteaga se apersono 3 veces hacia mi persona. Cuando estaba en el edificio Yanacocha, cercanías del Munamal y en la calle Potosí casi esquina Socabaya.--------
A LA SEGUNDA: La primera y la segunda oportunidad, me consultó si Alexandra Valdez ya había renunciado.-----------------------------------------
En la tercera oportunidad manifestó que él había hecho campaña y que el ítem de la Dirección Departamental le correspondía a él. Que él le había puesto en el cargo a Alexandra Valdez, que Alexandra está haciendo varias cosas mal que el ambiente laboral es malo, que se tienen varias quejas del espacio pequeño están renegando arriba ya que el procurador no tiene oficina para llevar sus reuniones en la ciudad de La Paz y que el trabajo es malo y que Alexandra Valdez Puma ya tenía que renunciar, concluyendo su exposición manifestando: a ver hermano si tú haces campaña, ¿te toca o no te toca? Esa dirección me corresponde a mi.----
A LA TERCERA PREGUNTA: Las dos primeras ocasiones yo le manifesté que desconocía del tema que solo estaba realizando las funciones inherentes a mi trabajo que es la revisión de procesos y que no tenía tiempo para sostener la conversación ya que tenía tiempo limitado para realizar mi trabajo y volver a mi oficina.---------------------------------------
En la tercera oportunidad Y le respondí que la MAE debe tener un espacio donde llevar sus reuniones, respecto a los problemas yo le dije la verdad no, que estábamos trabajando bien al menos yo no me llevo mal con nadie que estaba trabajando tranquilo, más bien ella se queda hasta tarde para cumplir con el cargo, respecto a lo de la campaña y que le corresponde el ítem le indiqu[é] que no s[e], que no tengo ni siquiera opinión.-----------------------------------------------------------------------------
A LA CUARTA PREGUNTA: En la Yanacocha, me consultó que cargo tenía yo le respondí que estoy como consultor.--------------------------------------
En una segunda oportunidad cuando vino a las oficinas de la Dirección Desconcentrada Departamental de La Paz, (junio de 2020), me consultaron junto con la directora departamental como yo había ingresado a trabajar en la Procuraduría. A lo que respondí que por la misma naturaleza de la consultoría y que fue un proceso de contratación (fs. 25 y vta.).
II.2. Mediante nota de 19 del citado mes y año, Mauricio Abraham Villarroel Luna, informó a la impetrante de tutela, que: “A petición del Sr. Carlos Fernando Tavares Arteaga 6147993 cod. QR, que en fecha 10 de julio de 2021 aproximadamente a horas 17:30, en el acontecimiento social del cumpleaños de un amigo en común, me solicit[ó] hacerle conocer su petición exigida para Ud. Alexandra Carolina Valdez Puma, a efectos de que renuncie al cargo de Directora Departamental de La Paz de la Procuraduría General del Estado, ya que usted está trabajando mucho tiempo y que ya ganó mucho dinero hasta la fecha sin reconocerle nada a él por el tiempo que está trabajando, siendo que su cargo es por el trabajo político que él Sr. Carlos Tavares Arteaga realizó para las elecciones en la campaña Presidencial 2019 - 2020 así también se le hace conocer que el Sr. Carlos F. TABARES A. necesita ese cupo para trabajar ya que debe favores Políticos a Organizaciones Sociales” (sic [fs. 26]).
II.3. A través de informe de 20 de septiembre de 2021, Víctor Rodrigo Quispe Rodríguez, Auxiliar de Plataforma de Atención al Público e Informaciones Ventanilla 11 del Tribunal Departamental Justicia de La Paz, alegó que “…dentro de las instalaciones de Plataforma Uno (P.A.P.I. 1) en horario laboral a finales del mes de julio aproximadamente se aperson[ó] el Sr. Carlos Tavares solicitando información sobre la existencia de algún proceso judicial de la ciudadana Alexandra Valdez Puma, y ante este hecho, di a conocer al Sr. Carlos Tavares que no se puede proporcionar dicha información porque no está dentro del marco de [sus] competencias” (sic [fs. 23]).
II.4. Se tiene informe de la misma fecha, emitido por Miriam Ramos Condori y Ronald Chávez Ticona, funcionarios policiales, dirigido a Raúl Alberto Orozco Villafán, Jefe de Seguridad de la Procuraduría General del Estado, por el cual -del libro de registro de novedades de esa institución-, expusieron de manera detallada los días de ingreso y salida de dicha entidad de Carlos Fernando Tavares Arteaga -demandado-, desde el 24 de noviembre de 2020 hasta el 19 de septiembre de 2021 (fs. 20 y 21).
II.5. Consta Declaración Voluntaria Notarial 53 de 21 de septiembre de 2021; mediante el cual, Víctor Rodrigo Quispe Rodríguez, declaró que: “…En una primera oportunidad el Sr. Carlos Tavares Arteaga me encontró en la Esquina de Calle Yanacocha e Ingavi, me pregunt[ó] sobre la ciudadana Alexandra Carolina Valdez Puma y le indiqu[é] que debe estar en la Procuraduría General del Estado y el me respondió: le voy hacer (…) botar de la Procuraduria (…)
…En otra Oportunidad dentro las Instalaciones de Plataforma Uno (P.A.P.I. 1) en horario laboral y a finales del mes de julio aproximadamente, se apersona el Sr. Carlos Tavares Artega junto a la Sra. Lorena Borda Montaño, solicitándome información del sistema, sobre los procesos que tiene la ciudadana Alexandra Carolina Valdez Puma como particular o en su calidad de Directora Departamental de la Procuraduría General del Estado, en particular un proceso en el Juzgado P[ú]blico Civil y Comercial Séptimo, ante este hecho le di a conocer al Sr. Carlos Tavares y a la Sra. Lorena Borda que no le puedo proporcionar dicha información porque no está dentro del marco de mis competencias” (sic [fs. 24]).
II.6. Se adjuntó un Disco Compacto (CD) que es inaudible; del cual, de la grabación 3 se tiene: Voz de hombre: …tendrías que tener una contestación (…) el que tiene buena fe se va…
Voz de mujer: …tú quieres que me vaya sin esperar (…) aunque tenga proceso administrativo…
Voz de hombre: …la situación será tácita tú sabes por tres días ya está… (fs. 27).