SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1546/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1546/2022-S3

Fecha: 29-Nov-2022

II.   CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante memorial presentado el 9 de diciembre de 2020, Rolando Roca Rea -ahora accionante- solicitó la reducción de asistencia familiar al 20% del salario mínimo nacional y el cese del pago mensual del 50% respecto al Centro Asistencial Pediátrico “Tereba & Moro” y de la colegiatura de la Unidad Educativa Particular “La Salle” (fs. 6 a 10).

II.2.  Mediante Informes de 3 y 16 de febrero de 2021, el Centro Asistencial Pediátrico “Tereba & Moro” refirió que no hubo renovación del contrato respecto al hijo menor de edad del accionante; asimismo, en la Unidad Educativa Particular “La Salle” el servicio educativo brindado a los estudiantes hasta el 31 de julio de 2020, fue con descuento del 20% a partir de la cuarta cuota; además del extracto de ahorro provisional emitido por la AFP Futuro de Bolivia S.A, consignó la última aportación efectuada por el accionante en noviembre de 2017 (fs. 35 a 40).

II.3.  Por Auto Definitivo 12/2021 de 12 de febrero, Ximena Beatriz Chávez Aue, Jueza Pública de Familia Primera de la Capital del departamento de Beni, declaró probada la demanda incidental de reducción de asistencia familiar, fijando Bs450.- por ese concepto, más Bs150.- como aporte del 50% del seguro médico privado en el Centro Asistencial Pediátrico “Tereba & Moro” y, Bs406.- como pago mensual del 50% de la colegiatura de la Unidad Educativa Particular “La Salle”, haciendo un total general de Bs1 056.- (mil cincuenta y seis bolivianos) con cargo al accionante (fs. 21 a 24).

II.4.  A través del memorial presentado el 8 de marzo de 2021, el accionante interpuso recurso de apelación, contra el Auto Definitivo 12/2021, solicitando que en segunda instancia se valoren los informes emitidos por el Centro Asistencial Pediátrico “Tereba & Moro”; de la Unidad Educativa Particular “La Salle”, además del extracto de ahorro provisional emitido por la AFP Futuro de Bolivia S.A. (fs. 32 a 33 vta.).

II.5.  Por Auto de Vista 112/2021 de 15 de julio, Asunta Montenegro Melgar y Roberto Ismael Nacif Suárez, Vocales de la Sala Civil Mixta, de Familia, Niñez y Adolescencia, y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, -ahora accionados- revocaron el Auto Definitivo 12/2021, fijando Bs1 239.- como monto único de asistencia familiar (fs. 52 a 55). Notificándose con el mismo el accionante el 29 del mismo mes de 2021 (fs. 56).