SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1563/2022-S2
Fecha: 06-Dic-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 23/2022 de 9 de febrero, cursante de fs. 94 a 98, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que el demandado atienda las notas y memoriales presentados el 23 de octubre y 18 de noviembre de 2021; y, 24 y 29 de enero de 2022, debiendo otorgar respuesta clara, precisa, congruente y fundada a las mismas, dentro del plazo de tres días hábiles, computables a partir de la notificación con esta Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
2° DENEGAR la tutela respecto a la contestación de las notas presentadas el 26 y 31 de agosto, 8, 16, 22 de septiembre; y, 7, 8, 12 de octubre todos de 2021, de acuerdo a los argumentos expuestos en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO