SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1641/2022-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1641/2022-S3

Fecha: 16-Dic-2022

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 04/2022 de 16 de febrero, cursante de fs. 139 a 143 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y, en consecuencia:

1º      CONCEDER en parte la tutela respecto al derecho de inamovilidad laboral, al trabajo, y "...a la prestación obstétrica a la madre durante el puerperio hasta que la niña nacida cumpla un año de edad...” (sic), conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional; y,

a)       Disponer que la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija reincorpore a la accionante al mismo cargo y nivel salarial que ostentaba en el último contrato eventual hasta que su hijo cumpla un año de edad -2 de diciembre de 2022 conforme el certificado de nacimiento- más el pago de los salarios devengados desde la conclusión del último contrato, y el pago retroactivo de las asignaciones familiares (subsidio prenatal, de natalidad y de lactancia) devengadas a Lorena Caliva Mamani, todo ello hasta la referida fecha de cumplimiento del año de edad de su hijo, salvo que los mismos ya hubiesen sido cancelados.

CORRESPONDE A LA SCP 1641/2022-S3 (viene de la pág. 12).

2º      DENEGAR la tutela solicitada respecto al derecho de estabilidad laboral, al debido proceso “…en su dimensión material…” (sic) y el pago de costas.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el MSc. Paul Enrique Franco Zamora, Presidente; siendo de Voto Disidente la Magistrada, MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas.

Fdo. MSc. Paul Enrique Franco Zamora

PRESIDENTE

Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori

MAGISTRADO