SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1420/2022-S1
Fecha: 01-Dic-2022
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Auto de 4 de octubre de 2021, dentro la causa seguida a instancias del Ministerio Público en contra de Miguel Jesús Villavicencio Carvalho y otros por el presunto de legitimación de ganancias ilícitas, por la que el Juez de Instrucción Anticorrupción y Violencia Hacia la Mujer Segundo de la Capital de departamento del Beni, dispuso ordenar al Fiscal de Materia José Carlos Vargas Chávez proceder con el allanamiento de los 4 inmuebles señalados, registro, requisa y secuestro de todos los elementos probatorios relacionados al hecho investigado, con autorización de ruptura de candados y deschape de seguros (fs. 13 a 14 vta.)
II.2. Consta Mandamiento de Allanamiento de 4 inmuebles, librado el 4 de octubre por el Juez de Instrucción Anticorrupción y Violencia Hacia la Mujer Segundo de la Capital del departamento de Beni, encomendando su ejecución al Fiscal de Materia José Carlos Vargas Chávez (fs. 15 y vta.)
II.3. Por informe signado GIAEF-BN/010/2021 de 6 de octubre de 2021; Richard Ardaya Velásquez Investigador G.I.A.E.F. – BENI, informó al Fiscal de Materia que:
“El día martes 5 de octubre de 2021, a horas 09:30 aproximadamente, avanzó personal policial de GIAEF-ORIENTE en los vehículos oficiales NISSAN Patrol, colo blanco, con placa de control 4822-SGU, conducido por el suscrito; vehículo Toyora Land Cruiser, color blanco, con placa de control 2569-XAY, conducida por el Sgto. My. Edwin Ticona Jiménez, vehículos compuestos por siete funcionarios policiales a cargo del Sr. My. Amilcar Bruno Ramírez Saavedra Jefe Regional CIAEF, bajo la dirección funcional de su autoridad como Fiscal de Materia, a objeto de ejecutar la Orden Judicial de Mandamiento de Allanamiento emanado por el Dr. Daniel A Nuñez Vela Bruening JUEZ ANTICORRUPCIÓN Y DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER 2° DE LA CAPITAL a las siguientes direcciones:
1. UBICADO EN LA COMUNIDAD EUROPEA, ZONA EL CARMEN, LOTE 4B, MANZANO 103, CIUDAD DE TRINIDAD DEL DEPARTAMENTO DEL BENI, EN COORDENADAS 14°49’29.5’’S 64°53’47.0’’W, INMUEBLE DE CONSTRUCCIÓN DE MATERIAL CON FACHADA DE CEMENTO REBOQUE COLOR AMARILLO, PUESRTA PRINCIPAL Y GARAJE DE MADERA COLO CAFÉ, MATRICULA COMPUTARIZADA 8011010010894
A horas 10:15 arribamos al lugar a objeto de dar cumplimiento al Mandamiento de Allanamiento, registro y requisa emitido por la autoridad Jurisdiccional, una vez en el referido domicilio se procedió a la notificaciones de manera personal a la Sra. Cinthia Raquel Gumucio Peralta C.I. 963285 Cbba., identificada como propietaria del inmueble además de ser conyugue del Sr. Miguel Jesús Villavicencio Carvalho, en el interior del inmueble y durante la requisa se describe los ambientes y procediendo al secuestro de documentación.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- INMUEBLE TIPO VIVIENDA UNIFAMILIAR QUE CONSTA DE SIETE AMBIENTES SECUESTRANDO LO SIGUIENTE AMBIENTE No. 3, Indicio 1:
- SECUESTRO DE INMUEBLE
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADA
- En el caso de autos, no concurren ninguno de éstos elementos, ya que si bien la accionante alega persecución indebida por la emisión injustificada de una orden de aprehensión en su contra, emitida por la autoridad demandada; sin embargo, ésta fue dej