SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1420/2022-S1
Fecha: 01-Dic-2022
SECUESTRO DE INMUEBLE
Del resultado de la intervención policial se procedió al secuestro del INMUEBLE, de la misma forma se nombró como depositario y custodio hasta que se proceda a la entrega del mismo a la DIRCABI a la Sra. Cinthia Raquel Gumucio Peralta con C.I. N° 963285 CBBA, realizando las actas correspondientes en razón de conformidad firmando todos los intervinientes actores en la presente diligencia…” (sic [fs. 16 a 18 vta.)]
II.4. Se evidencia Acta de Notificación con Mandamiento de Allanamiento, Acta de Allanamiento y Requisa de Inmueble, Acta de Secuestro de Documentos, Acta de Secuestro de Inmueble y Acta de Nombramiento de depositario y/o custodio, ejecutados por el investigador asignado al caso, donde firman en constancia del acto los intervinientes, además de Cinthia Gumucio Peralta -ahora accionante- con C.I. 963285 expedido en Cochabamba (fs. 19 a 22)
II.5. Mediante memorial, el Fiscal de Materia José Carlos Vargas Chávez informa al Juez de Instrucción Anticorrupción y Violencia Hacía la Mujer Segundo de la Capital del departamento del Beni, la EJECUCIÓN DE LOS MANDAMIENTOS DE ALLANAMIENTO dentro el caso seguido en contra de Miguel Jesús Villavicencio Carvalho y otros por la comisión del delito de Legitimación de Ganancias Ilícitas (fs. 23 y vta.)
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- INMUEBLE TIPO VIVIENDA UNIFAMILIAR QUE CONSTA DE SIETE AMBIENTES SECUESTRANDO LO SIGUIENTE AMBIENTE No. 3, Indicio 1:
- SECUESTRO DE INMUEBLE
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADA
- En el caso de autos, no concurren ninguno de éstos elementos, ya que si bien la accionante alega persecución indebida por la emisión injustificada de una orden de aprehensión en su contra, emitida por la autoridad demandada; sin embargo, ésta fue dej