SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1599/2022-S3
Fecha: 06-Dic-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en todo la Resolución 209/2021 de 21 de diciembre, cursante de fs. 169 a 174 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia, CONCEDER una tutela provisional y transitoria con relación al derecho a la propiedad; disponiendo el cese de todo acto de perturbación a la posesión y a la propiedad -en el uso, goce y disfrute- por parte de Celia García Ñandureza, María Eugenia Bascopé Muñoz y “Aurelio Manzana”, y otros no identificados, así como el desalojo y la entrega inmediata del inmueble objeto de litigio a través de esta acción de amparo constitucional al accionante. Asimismo, la prohibición de ingreso de nuevas personas al lote de terreno; correspondiendo acudir al auxilio de la fuerza pública en caso de resistencia e incumplimiento para tal desocupación y custodia, respectivamente; hasta que se activen los mecanismos institucionales o jurisdiccionales competentes.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO