SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 1631/2022-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1631/2022-s3

Fecha: 07-Dic-2022

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Mediante memorial presentado el 13 de agosto de 2021, ante el Juez de Ejecución Penal Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz, Luis Fernando Rosales Miranda -ahora impetrante de tutela-, interpuso incidente de libertad condicional al haber cumplido las dos terceras partes de la pena que le fue impuesta por la comisión del delito de robo agravado y “asociación delictuosa”, por lo que solicitó se ordene mediante oficio al Director del Centro Penitenciario Palmosala -hoy coaccionado-, donde está recluido, los informes correspondientes en los plazos establecidos por ley (fs. 2).

II.2.  Se tiene Oficio 859/2021 de 6 de octubre, mediante el cual el Juez de Ejecución Penal Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido contra el peticionante de tutela por el delito de robo agravado y “asociación delictuosa”, solicitó al Director del Centro Penitenciario Palmasola -hoy coaccionado-, remita documentación referente a la libertad condicional del accionante, sea en el plazo de diez días conforme a los arts. 174 de la LEPS y 434 del Código de Procedimiento Penal (CPP), nota que tiene cargo de recepción en el referido centro de 12 de octubre de 2021 (fs. 4).

II.3.  Cursa el Oficio 2,147/2,021 de 12 de octubre, a través del cual, el Director coaccionado, remitió ante el Director Departamental de Régimen Penitenciario -ahora accionado-, el Oficio 859/2021 descrito en la conclusión precedente, por el que se requirió todas las certificaciones relativas al beneficio de libertad condicional por el impetrante de tutela (ficha médica, psicológica y social, informe de la junta de trabajo), con cargo de recepción en la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario de Santa Cruz el 13 de octubre de 2021 (fs. 16).