SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1591/2022-S2
Fecha: 14-Dic-2022
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos al debido proceso en su elemento motivación y a la defensa; y, de los principios de igualdad de las partes y verdad material; toda vez que, dentro del proceso agroambiental por incumplimiento de contrato que se inició en su contra, se le impidió producir la prueba presentada al no realizarse las comunicaciones procesales de forma debida; de igual manera, se omitió y valoró incorrectamente la prueba, y se efectuó una incorrecta interpretación del art. 1329 del CC, aspectos que fueron reclamados en instancia casacional sin recibir un pronunciamiento fundamentado, motivado y congruente.
En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
III.1. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones como componentes del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La fundamentación y motivación que realizan las autoridades jurisdiccionales a tiempo de emitir una resolución, se constituye en un elemento esencial del debido proceso, pues obliga a las mismas a mostrar de manera suficientemente justificada las raz