SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1605/2022-S4
Fecha: 06-Dic-2022
II. CONCLUSION
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa formulario de denuncia realizado por Sayonara Joub Vidal en la que refirió que el 26 de octubre de 2021, cuando caminaba por la avenida Rodolfo Velasco esquina Rómulo Mendoza, fue interceptada por dos personas en motocicleta que procedieron a arrebatarle su cartera de manera violenta (fs. 41).
II.2. Los menores de edad fueron embarcado en un motorizado por personas fuertemente armadas vestidas de civil, llevándoselos con rumbo desconocido, hasta llegar a un lugar oscuro donde procedieron a golpearlos e interrogarlos, preguntando por personas que su representado desconocía; por lo que, la accionante, se hizo presente en la FELCC a objeto de sentar denuncia, siendo que en ese momento arribaron los vehículos de dicha institución, de donde descendió su hijo menor AA, mismo que le fue entregado señalándose que todo había sido una confusión (fs. 2 a 4).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSION
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. En caso de los incisos a) y b) del Parágrafo precedente, la autoridad policial q ue la o le haya aprehendido, deberá comunicar esta situación a la o el Fiscal mediante informe circunstanciado en el término de ocho (8) horas, y remitirlo a dispos
- POR TANTO