SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1605/2022-S4
Fecha: 06-Dic-2022
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 127/2021 de 29 de octubre, cursante de fs. 58 a 61 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, y en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela impetrada en la modalidad innovativa de la acción de libertad, únicamente respecto a Grover Condori Vargas, funcionario policial; exhortándolo a no incurrir en el futuro en acciones contrarias a la ley que lesionen derechos fundamentales y garantías constitucionales; y,
2º DENEGAR respecto Johny Omar Ovando Coca, Director Departamental de Beni; Danny Gil Romero Sanabria, Jhonny Milton Linares Chambilla, Ramiro Manuelo Velásquez y Gislaine Gabriela Meneces Ayala, funcionarios policiales codemandados, todos de la FELCC.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
CORRESPONDE A LA SCP 1605/2022-S4 (viene de la pág. 13).
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano MAGISTRADO
René Yván Espada Navía
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSION
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. En caso de los incisos a) y b) del Parágrafo precedente, la autoridad policial q ue la o le haya aprehendido, deberá comunicar esta situación a la o el Fiscal mediante informe circunstanciado en el término de ocho (8) horas, y remitirlo a dispos
- POR TANTO